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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (29/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2017 El Peruano / solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 422-2017-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe Nº 283-2017-MTC/12.04, veri fi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JORGE WALTER NARRO KRISTEN, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Dallas, Estados Unidos de América, del 11 al 13 de julio de 2017, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS DURANTE LOS DÍAS 11 AL 13 DE JULIO DE 2017 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 422-2017-MTC/12.04 Y Nº 283-2017-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 1625-2017- MTC/12.0411-jul 13-julUS$ 660.00SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C.NARRO KRISTEN, JORGE WALTERDALLASESTADOS UNIDOS DE AMERICAChequeo técnico de Verifi cación de Competencia en simulador de vuelo en el equipo AS350-B3 a su personal aeronáutico.11082-16875 1538200-2 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la OACI destinada a la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica MTC - OACI PER/17/801 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2017 MTC/01 Lima, 26 de junio de 2017VISTOS: El Memorando N° 737-2017-MTC/09 e Informe N° 098-2017-MTC/09.03, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final, autorizó, por excepción, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a celebrar durante el año 2016 un acuerdo de asistencia técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para que apoye a la Dirección General de Aeronáutica Civil a que cumpla adecuadamente sus actividades; asimismo, autorizó al referido Ministerio a transferir fi nancieramente mediante resolución del titular del pliego, a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución del acuerdo de asistencia técnica; disponiéndose que dicha resolución se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, acorde con su Tercera Disposición Complementaria, el referido Ministerio suscribirá o autorizará la suscripción de acuerdos de cooperación técnica con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), organismo técnico de las Naciones Unidas, a fi n de garantizar y asegurar los medios técnicos, profesionales y administrativos sufi cientes que permitan a la citada Dirección General cumplir adecuadamente con todas las actividades de su competencia conforme a dicha Ley; Que, con fecha 23 de diciembre de 2016 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional suscribieron el Acuerdo de Asistencia Técnica MTC - OACI PER/17/801 “El fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional”, estipulando en su Anexo 1, el plazo de cuatro años y once meses (febrero 2017 a diciembre 2021), con un presupuesto total de CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN0 Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 51 987 651,00), con la fi nalidad de garantizar y asegurar la asistencia técnica, acompañamiento, transferencia de conocimientos, fortalecimiento de capacidades, así como servicios de