Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 29 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa LABORATORIOS ROEMMERS S.A., a través de los Recibos de Ingreso detallados en los considerandos precedentes, abono verificado por la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
· Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 846.37 incluido TUUA) : US$ 1,692.74

· Viáticos por 6 días para 2 personas : US$ 3,600.00 (c/persona US$ 1,800.00 incluido gastos de instalación) TOTAL : US$ 5,292.74

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1538899-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de funcionario a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2017-TR Lima, 28 de junio de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 0554-2017-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Oficio Nº 786-2017-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Oficio Nº 770-2017-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 795-2017-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1309-2016-MTPE/4/10 la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales remite al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la confirmación e interés de la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Argentina de brindar dos (02) asistencias técnicas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú, referidas a los temas: a) Informalidad Laboral y b) Certificación de Competencias Laborales; Que, mediante Oficio Nº 786-2017-MTPE/3/19 la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral indica que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Argentina confirmó la realización del "Taller de Intercambio de Experiencias y Metodologías en Certificación de Competencias Laborales", el cual se realizará el 03 y 04 julio de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina;

Que, mediante Informe Nº 16-2017-MTPE/4/10 la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, considera de importancia la participación del Sector en el referido taller, porque ello permitiría explorar acciones conjuntas a trabajar entre ambas instituciones como bien podría ser la posibilidad de homologación de la certificación de competencias para trabajadores migrantes de ambos países, impactando así en la empleabilidad de los trabajadores migrantes de ambos países; Que, dada la importancia del citado taller para los objetivos y metas sectoriales, y considerando los informes que obran en los antecedentes, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Eximo Rafael Cotrina Chávez, Director General de Formación Profesional y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para participar en el "Taller de Intercambio de Experiencias y Metodologías en Certificación de Competencias Laborales"; Que, mediante Oficio Nº 770-2017-MTPE/4/11 la Oficina General de Administración, señala que el referido viaje cuenta con la certificación presupuestal por concepto de pasajes y viáticos, conforme las Notas Nº 058 (pasajes) y Nº 1452 (viáticos), adjuntando el cuadro resumen de pasajes y viáticos; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; precisan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo sector; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor EXIMO RAFAEL COTRINA CHÁVEZ, Director General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 02 al 05 de julio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con Recursos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes Viáticos US$ US$ 861.31 1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1538894-1

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