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126 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 / El Peruano Que, mediante Informe Nº 442-2016-MDA/GDSC- SGPC, la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana remite el cronograma de elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo de Marzo 2017 a Febrero 2019, la misma que garantizará la participacion de los miembros del CCLD en el Presupuesto Participativo 2018, lo cual es corroborado por la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural con Informe Nº 359-2016-MDA/GDSC; Que, mediante Proveído Nº 1801-2016-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1º.- CONVOCAR A ELECCIONES; de los seis (06) Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate, correspondiente al Período 2017 – 2019, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- APROBAR; el Cronograma del proceso de elecciones de los (6) Representantes de las Organizaciones Civiles ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD del Distrito de Ate, correspondiente al periodo 2017 – 2019, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia, el cual será difundido en lugares visibles de la Municipalidad Distrital de Ate, en un medio de comunicación de circulación en la localidad y en el Portal Municipal (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, Gerencia de Plani fi cación Estrategica, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones y demás Unidades Orgánicas, adopten las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1502599-5 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 426-MDA que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias Producto del Proceso de Fiscalización DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2017/MDA Ate, 27 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; la Ordenanza Nº 426-MDA, que Establece el Bene fi cio de Condonación de Deudas Tributarias Producto del Proceso de Fiscalización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 426-MDA de fecha 28 de octubre del 2016, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 06 de noviembre del 2016, se estableció el Bene fi cio de Condonación de Deudas Tributarias Producto del Proceso de Fiscalización, a favor de los contribuyentes cuya base imponible no supere las 107.9 UIT’s (Micros, Pequeños y Medianos Contribuyentes), para la regularización de sus obligaciones tributarias generadas como consecuencia de un proceso de fi scalización; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Tercera Disposición Complementaria, faculta al Señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía, respecto a la vigencia del bene fi cio otorgado a través de la citada norma, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 038-2016/ MDA, de fecha de fecha 06 de diciembre del 2016, se ha prorrogado la vigencia de la Ordenanza Nº 426-MDA, hasta el 31 de Marzo del 2017; Que, esta Administración Tributaria considera por pertinente que debe prorrogarse el bene fi cio otorgado, de tal forma que se proceda al otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, motivo por el cual se hace necesario la expedición de la presente norma; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL Artículo 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 426-MDA, que Establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias Producto del Proceso de Fiscalización, ampliada mediante Decreto de Alcaldía Nº 038-2016/MDA, hasta el 30 de Junio del 2017; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, y demás Unidades Orgánicas competentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1502599-6 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban Reconversión de nuevos términos porcentuales de las tarifas contenidas en el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE y adecuación a la estructura orgánica de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2017-MDB Barranco, 28 de febrero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS: El Informe Nº 021-2017-GPPM-MDB, de fecha 23 de febrero de 2017, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; El Informe Nº 083-2017-GAJ-MDB, de fecha 13 de febrero de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Proveído Nº 152-2017-MDB-GM, de fecha 28 de febrero de 2017, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la Reconversión de los nuevos términos porcentuales de las tarifas contenidas en el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE y Adecuación a la estructura orgánica vigente de la Municipalidad de Barranco;