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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2017 (31/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2017 El Peruano / Puerto Maldonado de la provincia de Puerto Maldonado del departamento de Madre de Dios; Que, asimismo, adjunta la propuesta del Cronograma Anual de Cobertura para realizar las inspecciones técnicas vehiculares, tal como se detalla a continuación: DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTOFECHA DESDE HASTA LA MERCED CHANCHAMAYO JUNIN 01.02.2017 28.02.2017 SAN RAMON CHANCHAMAYO JUNIN 01.03.2017 31.03.2017 PICHANAQUI CHANCHAMAYO JUNIN 01.04.2017 30.04.2017 TUMBES TUMBES TUMBES 01.05.2017 20.05.2017 ZORRITOS TUMBES TUMBES 21.05.2017 10.06.2017 PUYANGO TUMBES TUMBES 11.06.2017 30.06.2017 TINGO MARIA LEONCIO PRADO HUANUCO 01.07.2017 15.07.2017 AGUATIA LEONCIO PRADO HUANUCO 16.07.2017 31.07.2017 UCHIZA LEONCIO PRADO HUANUCO 01.08.2017 15.08.2017TOCACHE LEONCIO PRADO HUANUCO 16.08.2017 31.08.2017 BARRANCA BARRANCA LIMA 01.09.2017 15.09.2017 SUPE BARRANCA LIMA 16.09.2017 30.09.2017 SATIPO CHANCHAMAYO JUNIN 01.10.2017 20.10.2017 MAZAMARI CHANCHAMAYO JUNIN 21.10.2017 10.11.2017 PANGOA CHANCHAMAYO JUNIN 11.11.2017 30.11.2017 HUACHO HUAURA LIMA 01.12.2017 31.12.2017 JUANJUI MOYOBAMBA SAN MARTIN 01.01.2018 15.01.2018 YURIMAGUAS MOYOBAMBA SAN MARTIN 16.01.2018 31.01.2018 PUERTO MALDONADOPUERTO MALDONADOMADRE DE DIOS 01.02.2018 28.02.2018 Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 0206-2017-MTC/15.03, se concluye que la Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el literal 37.3 del artículo 37 de El Reglamento, asimismo, que en los distritos propuestos por La Empresa, el MTC no ha otorgado el inicio de operaciones a ningún CITV fi jo; por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la empresa MALONGO S.A.C., como Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación en el diario o fi cial ”El Peruano”, para operar una (1) línea de inspección técnica vehicular tipo combinado, en los siguientes distritos: distrito de La Merced, San Ramón, Pichanaqui, Satipo, Mazamari y Pangoa de la provincia de Chanchamayo del departamento de Junín; distrito de Tumbes, Zorritos y Puyango de la provincia y departamento de Tumbes; distrito de Tingo María, Aguatia, Uchiza y Tocache de la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; distrito Barranca y Supe de la provincia de Barranca del departamento de Lima; distrito Huacho de la provincia de Huaura del departamento de Lima; distrito de Juanjui y Yurimaguas de la provincia de Moyobamba del departamento de San Martín; distrito de Puerto Maldonado de la provincia de Puerto Maldonado del departamento de Madre de Dios; su ámbito territorial queda subordinado a la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en los ámbitos territoriales autorizados. Artículo 2.- Aprobar el cronograma anual de cobertura del Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil de la empresa MALONGO S.A.C., como sigue: CRONOGRAMA ANUAL DE COBERTURA PARA CITV MOVIL CON UNA LINEA DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR TIPO COMBINADA DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTOFECHA CATEGORIAÚLTIMO DIGITO DE LA PLACADESDE HASTA LA MERCED CHANCHAMAYO JUNIN 01.02.2017 28.02.2017 L, M1 y N1 0 al 9 SAN RAMON CHANCHAMAYO JUNIN 01.03.2017 31.03.2017 L, M1 y N1 0 al 9PICHANAQUI CHANCHAMAYO JUNIN 01.04.2017 30.04.2017 L, M1 y N1 0 al 9TUMBES TUMBES TUMBES 01.05.2017 20.05.2017 L, M1 y N1 0 al 9 ZORRITOS TUMBES TUMBES 21.05.2017 10.06.2017 L, M1 y N1 0 al 9 PUYANGO TUMBES TUMBES 11.06.2017 30.06.2017 L, M1 y N1 0 al 9TINGO MARIA LEONCIO PRADO HUANUCO 01.07.2017 15.07.2017 L, M1 y N1 0 al 9AGUATIA LEONCIO PRADO HUANUCO 16.07.2017 31.07.2017 L, M1 y N1 0 al 9UCHIZA LEONCIO PRADO HUANUCO 01.08.2017 15.08.2017 L, M1 y N1 0 al 9 TOCACHE LEONCIO PRADO HUANUCO 16.08.2017 31.08.2017 L, M1 y N1 0 al 9 BARRANCA BARRANCA LIMA 01.09.2017 15.09.2017 L, M1 y N1 0 al 9SUPE BARRANCA LIMA 16.09.2017 30.09.2017 L, M1 y N1 0 al 9SATIPO CHANCHAMAYO JUNIN 01.10.2017 20.10.2017 L, M1 y N1 0 al 9 MAZAMARI CHANCHAMAYO JUNIN 21.10.2017 10.11.2017 L, M1 y N1 0 al 9 PANGOA CHANCHAMAYO JUNIN 11.11.2017 30.11.2017 L, M1 y N1 0 al 9HUACHO HUAURA LIMA 01.12.2017 31.12.2017 L, M1 y N1 0 al 9 Artículo 3.- La empresa autorizada deberá presentar dentro del plazo máximo de ciento veinte días (120) días calendarios a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral: el Certi fi cado de Homologación de Equipos, Certi fi cado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos, los cuales deberán ser emitidos por alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies- IFIA; con la fi nalidad de obtener la “Conformidad de Inicio de Operaciones” expedido la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 4.- A fi n de realizar las coordinaciones con los Gobiernos Regionales de los distritos autorizados, la empresa MALONGO S.A.C., deberá cumplir con presentar ante la Dirección General de Transporte Terrestre los documentos expedidos por la Municipalidad correspondiente que autorice la instalación de su Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil en los distritos donde estará ubicado, de acuerdo al cronograma anual de cobertura aprobado. Artículo 5.- Es responsabilidad de la empresa MALONGO S.A.C., renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, durante la vigencia de la autorización, antes del vencimiento de los plazos señalados en el siguiente cuadro: