Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2017 (06/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de mayo de 2017 /

El Peruano

otros actos jurídicos que involucren la propiedad directa o indirecta de por lo menos el cuatro por ciento (4%) y hasta el diez por ciento (10%) de participación en el capital social y que a su vez otorguen a un tercero el ejercicio de los derechos de voto en la Entidad, deberán ser informadas a la SMV para fines de supervisión dentro de los tres (3) días de producida. Excepcionalmente, tratándose de Entidades cuyas acciones se encuentren inscritas en la rueda de bolsa, la SMV podrá autorizar las operaciones contempladas en el presente artículo de manera posterior a su realización. La solicitud de autorización deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles de realizada la operación y no se podrán ejercer los derechos políticos de las acciones materia de las citadas operaciones hasta que se obtenga la correspondiente autorización por parte de la SMV. Artículo 13°.- Participación de un accionista distinto a los organizadores Cuando, como consecuencia del aumento o reducción de capital o cualquier acto jurídico distinto a los mencionados en el artículo precedente, la participación de un nuevo accionista o un accionista distinto de los accionistas organizadores, supere el diez por ciento (10%) del capital social de la Entidad o se generen cambios en la unidad de decisión o control de esta última, se requiere autorización previa de la SMV. Asimismo, el aumento o reducción de capital o cualquier acto jurídico distinto a los mencionados en el artículo precedente, que determine que la participación de un nuevo accionista o un accionista distinto de los accionistas organizadores, alcance el cuatro por ciento (4%) y hasta el diez por ciento (10%) del capital social de la Entidad, debe ser informado a la SMV para fines de supervisión, dentro de los tres (3) días contados desde la fecha de adopción del acuerdo respectivo. Excepcionalmente, tratándose de entidades cuyas acciones se encuentren inscritas en la rueda de bolsa, la SMV podrá autorizar el aumento o reducción de capital de manera posterior a la fecha del acuerdo. La solicitud de autorización debe presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de haberse adoptado el acuerdo y no se podrán ejercer los derechos políticos del porcentaje que obtenga un nuevo accionista o un accionista distinto a los accionistas organizadores hasta que se obtenga la correspondiente autorización por parte de la SMV. El procedimiento de autorización del presente artículo se regula de manera complementaria por lo dispuesto en el artículo precedente." Artículo 2°.- Incorporar el artículo 11°-A a las "Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV", aprobadas mediante la Resolución SMV N° 039-2016-SMV/01, con el siguiente texto: : "Artículo 11°-A.- Cumplimiento Permanente de Requisitos y Condiciones Todos los organizadores y accionistas de las Entidades, deben contar, en todo momento, a satisfacción de la SMV, con solvencia económica y moral, y no estar incursos en los impedimentos contenidos en el anexo B de las presentes nomas. Cuando los organizadores y accionistas de las Entidades dejen de cumplir con las condiciones establecidas en el párrafo precedente, la Entidad debe informar a la SMV, inmediatamente después de haber tomado conocimiento de dicha circunstancia y proceder, si fuera el caso, a su subsanación inmediata." Artículo 3°.- Derogar el último párrafo del artículo 8° de las "Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV", aprobadas mediante la Resolución SMV N° 039-2016-SMV/01. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1516966-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Encargan funciones de Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2017-SUSALUD/S Lima, 05 de mayo de 2017 VISTA: La carta de renuncia presentada por la señora Licenciada JESSICA PAOLA VILCHEZ VILLANUEVA de fecha 04 de mayo de 2017, y el Informe N° 00282-2017/ OGAJ de fecha 04 de mayo de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero de 2015, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2014/MINSA, documento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas de SUSALUD, identificado con el Nº de Orden 119 y con el Código N° 134132, y clasificación EC; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 143-2016-SUSALUD/S, de fecha 07 de setiembre de 2016, se designó a la señora Licenciada JESSICA PAOLA VILCHEZ VILLANUEVA en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, la señora Licenciada JESSICA PAOLA VILCHEZ VILLANUEVA ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando con fecha 04 de mayo de 2017, resultando pertinente aceptar la misma; Con el visto del Secretario General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia formulada por la señora Licenciada JESSICA PAOLA VILCHEZ VILLANUEVA a la designación efectuada mediante la Resolución de Superintendencia N° 143-2016-SUSALUD/S, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- ENCARGAR a la señora Abogada FIORELLA MERCEDES GOTELLI MELENDEZ, las funciones del cargo de Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, en adición a sus funciones como Asesora de la Secretaría

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