Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 11 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

37

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Martinair Holland NV la renovación de permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional no regular de carga
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 214-2017-MTC/12 Lima, 7 de abril del 2017 VISTO: La solicitud de MARTINAIR HOLLAND NV sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 173-2013MTC/12 del 30 de abril de 2013, se otorgó a MARTINAIR HOLLAND NV, la Renovación de su Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 30 de marzo de 2017; Que, mediante documento de Registro N° T-3439442016 del 26 de diciembre de 2016, MARTINAIR HOLLAND NV solicitó la Renovación del referido Permiso de Operación, en los mismos términos, por el plazo de cuatro (04) años; Que, el Ministerio de Transportes, Obras Públicas y Administración de Aguas del Reino de los Países Bajos ha designado a MARTINAIR HOLLAND NV, para efectuar Servicios de Transporte Aéreo No Regular de carga; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, según lo establecido en el artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovación del Permiso de Operación cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realización de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, según los términos del Memorando N° 329-2017MTC/12.LEG, Memorando Nº 004-2017-MTC/12.POA, Memorando N° 028-2017-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 016-2017-MTC/12.07.PEL e Informe N° 187-2017MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 2) de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0502001-MTC y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a MARTINAIR HOLLAND NV, de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales

entre Perú y el Reino de los Países Bajos, la Renovación de Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del 31 de marzo de 2017, día siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 173-2013MTC/12, en los mismos términos y condiciones: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No Regular de carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. PUNTOS Y/O ZONAS DE OPERACIÓN: Con los derechos de tráfico establecidos en los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales entre Perú y el Reino de los Países Bajos: - EUROPA: ÁMSTERDAM, TENERIFE. - AMÉRICA DEL NORTE: MIAMI, LOS ÁNGELES, CHICAGO, DALLAS, ATLANTA. - AMÉRICA CENTRAL: MÉXICO, PANAMÁ, SAN JOSÉ, SAN JUAN DE PUERTO RICO, AGUADILLO, CIUDAD DE GUATEMALA. - AMÉRICA DEL SUR: LIMA, BARBADOS, BOGOTÁ, BUENOS AIRES, QUITO, GUAYAQUIL, SANTIAGO DE CHILE, SAO PAULO, CARACAS. MATERIAL AERONÁUTICO: - MD 11-F. - Boeing 747-400. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Schiphool - Ámsterdam. SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Miami. - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Artículo 2.- Las aeronaves autorizadas a MARTINAIR HOLLAND NV deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matrícula y Certificado de Aeronavegabilidad vigentes, así como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3.- En relación al Perú, la publicidad y la venta de servicios de transporte aéreo que realice MARTINAIR HOLLAND NV se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 197° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil. El incumplimiento de este artículo será evaluado en la forma que establece el artículo 197° de Reglamento de la Ley. Artículo 4.- MARTINAIR HOLLAND NV deberá presentar los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 5.- El ejercicio y utilización de este Permiso de Operación implica por parte de MARTINAIR HOLLAND NV: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomática derivada de cuestiones de soberanía y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdicción peruana. Artículo 6.- MARTINAIR HOLLAND NV queda obligada con el Gobierno del Perú para que éste pueda emplear en su servicio, aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa, en los casos de conflictos internacionales, desórdenes internos y calamidades públicas. El Gobierno del Perú abonará los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.