Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 11 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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otorgamiento de permiso de pesca para el acceso al recurso anchoveta para consumo humano directo, pueden acogerse a lo dispuesto en el presente Reglamento. Para tal efecto, deben manifestar por escrito su desistimiento al procedimiento administrativo que hubieren iniciado con anterioridad; y, cumplir las siguientes condiciones: a) Debe presentar una solicitud de otorgamiento de permiso de pesca en el marco del presente Reglamento, hasta el 31 de agosto de 2017. b) La embarcación debe haber sido registrada o solicitado su registro en el Gobierno Regional dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial N° 100-2009-PRODUCE; modificado por Resolución Ministerial N° 219-2009-PRODUCE, esto es con anterioridad al 11 de julio de 2009. No se encuentra comprendida aquella embarcación pesquera cuyo permiso de pesca hubiere sido otorgado con posterioridad a dicho plazo. c) La embarcación debe contar, de ser el caso, con artes y aparejos adecuados para la actividad extractiva de otros recursos comprendidos en el permiso de pesca artesanal y sobre los cuales el armador tenga interés. d) El armador no debe contar con otro permiso de pesca vigente respecto de la misma embarcación, para tal efecto en un plazo de sesenta (60) días hábiles, debe acreditar la aceptación de la renuncia del permiso de pesca artesanal otorgado por la autoridad competente". Artículo 3.- Refrendo. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1519266-2

Autorizan viaje de profesional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 203-2017-PRODUCE Lima, 9 de mayo de 2017 VISTOS: La Carta de fecha 07 de abril de 2017, del Massachusetts Institute of Technology ­ MIT Regional Entrepreneurship Acceleration Program, el Informe N° 003-2017-PRODUCE-INNOVATEPERU-CE, el Informe N° 060-2017-PRODUCE/OGPPM-OCTAI, el Memorando N° 442-2017-PRODUCE/OGPPM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 07 de abril de 2017, la señora Sarah Jane Maxted, Executive Director del Massachusetts Institute of Technology ­ MIT Regional Entrepreneurship Acceleration Program, cursa invitación al Ministerio de la Producción para que participe en el Workshop 2 "From Vision to Practical Action ­ Invest in Your Compartive Advantage", a realizarse del 20 al 23 de mayo en la ciudad de Cambrigde, Massachusetts, Estados Unidos de América; Que, con Memorando N° 00676-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I el Viceministro de MYPE e Industria remite el Informe N° 003-2017-PRODUCE-INNOVATEPERUCE, del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, el cual señala que la participación de la entidad es de importancia, por cuanto se realizará la presentación de las distintas iniciativas de promoción de innovación y emprendimiento que el sector público, académico y

empresarial vienen desarrollando en el país; asimismo, dicha experiencia contribuirá a la formulación de lineamientos de política, mecanismos y herramientas de innovación y emprendimiento; recomendando la participación en el mencionado evento del señor Gonzalo Darío Villarán Elías, profesional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, por Memorando N° 442-2017-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 060-2017-PRODUCE/OGPPM-OCTAI, de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, por el cual se emite opinión favorable respecto al viaje al exterior del señor Gonzalo Darío Villarán Elías, señalando que su participación responde a las prioridades de la Política Nacional de Cooperación Internacional; asimismo, se encuentra alineado a la variable estratégica "Innovación" del Eje Diversificación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Ministerio de la Producción y el Objetivo Estratégico Institucional 4 "Fortalecer la capacidad de innovación emprendimiento en las actividades económicas del sector producción" del Plan Estratégico Institucional 2016-2018 del Ministerio de la Producción; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Gonzalo Darío Villarán Elías, profesional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a la ciudad de Cambrigde, Massachusetts, Estados Unidos de América, del 19 al 24 de mayo de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Gonzalo Darío Villarán Elías, profesional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a la ciudad de Cambrigde, Massachusetts, Estados Unidos de América, del 19 al 24 de mayo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Gonzalo Darío Villarán Elías Pasaje aéreo Viáticos por 4 días US$ (Incluido TUUA) US$ 440,00 por día 2,646.20 1,760.00 TOTAL US$ 4,406.20

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional

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