Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2017 (18/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo Viáticos por 42 días TOTAL (Incluido TUUA) US$ US$ US$ 2,853.76 6,599.33 9,453.09

Nombres y apellidos

Hanna Cáceres Yparraguirre

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada profesional debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1521989-1

Autorizan Transferencias Financieras del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de diversas entidades a fin de cofinanciar diversos proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 214-2017-PRODUCE Lima, 17 de mayo de 2017 VISTOS; el Memorando N° 013-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.UM, el Informe N° 033-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, el Oficio Nº 184-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, el Informe N° 235-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, y el Memorando N° 481-2017-PRODUCE/OGPPM; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 354 009 243,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo­BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000.00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, Crean el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y disponen la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de la Producción, dispone que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas

en el Proyecto con código SNIP N° 159771 y Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; señalando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; disponiendo que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano; Que, la Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia; Que, con Oficio N° 184-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad­PNICP, remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 033-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG, el cual hace suyo y señala la necesidad de efectuar las trasferencias financieras a favor de entidades públicas hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINCE Y 17/100 SOLES (S/ 1 288 015,17), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios hasta por la suma de S/ 780 335,14; y, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito hasta por la suma de S/ 507 680,03; destinadas a cofinanciar los instrumentos: Proyectos de Equipamiento Científico de Laboratorio", "Proyectos de Investigación Básica", Proyectos de Investigación Aplicada, Proyectos de Investigación Vinculados a "Becas de Repatriación de Investigadores", y "Proyectos de Extensionismo Tecnológico", cofinanciados por el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; contándose con los convenios y contratos suscritos, según corresponda; Que, por Memorando N° 481-2017-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 235-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a entidades públicas hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINCE Y 17/100 SOLES (S/ 1 288 015,17) del Pliego 038: Ministerio de la Producción, correspondiendo la suma de S/ 780 335,14, a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 507 680,03, a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; señalando que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, cuenta con los recursos presupuestales disponibles para efectuar las citadas transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Defensa, Ambiente, Educación y Producción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba

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