Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2017 (18/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de mayo de 2017 /

El Peruano

en la propuesta de siete (07) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría III: Estudios de Impacto Ambiental Detallados ­ EIA-d, considerándose los siguientes:
Nº Proyectos de inversión Clasificación EIA-d EIA-d EIA-d

1 Construcción y operación de aeropuertos incluyendo sus actividades conexas. 2 Construcción y/o ampliación de aeródromos de jerarquía nacional, incluyendo sus actividades conexas. 3 Construcción y operación de un Terminal Portuario cuya cantidad de carga proyectada a movilizar anualmente es superior a 1'500,000 TM y/o está comprendido dentro de Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) de ANP o Áreas de Conservación Regional (ACR). 4 Construcción y operación de líneas y terminales de Ferrocarril, tren de cercanías y/o metro. 5 Construcción y operación de terminales de buses y/o camiones interprovinciales. 6 Construcción y operación de Hidrovías. 7 Construcción de carretera sin trazo existente.

web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios del público en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales la recepción, procesamiento, sistematización y atención de los comentarios que se presenten al mencionado proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1521437-3

EIA-d EIA-d EIA-d EIA-d

Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Huanta, departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 468-2017-MTC/03 Lima, 09 de mayo de 2017 VISTO, el escrito de registro N° E-243472-2016 presentado por el señor MAXIMO PALOMINO GASTELU sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Huanta, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, aprobada por la Ley N° 28278, y sus modificatorias, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por Concurso Público. El Concurso Público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral N° 21292015-MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 01-2015-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades comercial y educativa, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huanta, departamento de Ayacucho; Que, con fecha 18 de marzo de 2016, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres N° 3 y 4 y el Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público N° 01-2015-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro al señor MAXIMO PALOMINO GASTELU, para la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Huanta, departamento de Ayacucho; Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 0052015-MTC, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial N° 086-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Ayacucho, entre las cuales se encuentra la localidad de Huanta; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para la referida banda y localidad, establece 0.5 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 que aprobó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y sus modificatorias, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 W. hasta

Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 064-2017MTC/16.CIM, en el que se indica que de conformidad con lo señalado en la normativa ambiental vigente y el Informe Técnico N° 015-2017-MTC/16.01.LMQ de la Dirección de Gestión Ambiental, resulta procedente la publicación con fines de consulta pública de la propuesta de siete (07) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría III: Estudios de Impacto Ambiental Detallados­ EIA-d, de acuerdo a las categorías consideradas en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental ­SEIA, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios del público en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, dispone que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, precisando que el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles; Que, en consecuencia, resulta necesario publicar la referida propuesta de siete (07) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría III: Estudios de Impacto Ambiental Detallados­ EIA-d; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, la Ley N° 28611, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y, la Resolución Ministerial Nº 207-2016-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación de la propuesta de los Términos de Referencia para los siete (07) proyectos detallados en la parte considerativa de la presente Resolución, de características comunes o similares precisados en el Anexo Nº 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, considerados como Categoría III: Estudios de Impacto Ambiental Detallados­ EIA-d, de acuerdo a las categorías consideradas en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental ­SEIA, en la página

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