Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2017 (24/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de mayo de 2017 /

El Peruano

funciones de Vicepresidente de Investigación de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA MIRANDA MOLINA Viceministra de Gestión Pedagógica 1524187-1

incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:

ENERGIA Y MINAS
Aprueban la Tercera Modificación al Contrato de Concesión N° 316-2008 solicitada por Empresa Eléctrica Río Doble S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2017-MEM/DM Lima, 17 de mayo de 2017 VISTOS: El Expediente N° 18157208 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, cuyo titular es Empresa Eléctrica Río Doble S.A., la solicitud de tercera modificación a la referida concesión definitiva; y, el Informe N° 021-2017-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 543-2008MEM/DM se otorga a favor de ABR Ingenieros S.A.C. (en adelante, ABR) la concesión definitiva de generación RER para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Las Pizarras, con una potencia instalada de 18 MW, ubicada en los distritos de Sexi, Santa Cruz y Catache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, en la zona comprendida dentro de las Coordenadas UTM (PSAD 56) que obran en el Expediente N° 18157208; asimismo, se aprueba el Contrato de Concesión N° 316-2008 (en adelante, el Contrato); Que, mediante Resolución Ministerial N° 521-2009MEM/DM se aprueba la transferencia de la concesión definitiva indicada en el considerando que antecede, que efectúa ABR a favor de Empresa Eléctrica Río Doble S.A. (en adelante, la Empresa); Que, mediante Resolución Ministerial N° 530-2011MEM/DM se designa al representante del Ministerio de Energía y Minas para la suscripción de la Minuta de Modificación del Contrato; Que, mediante Resolución Ministerial N° 4542013-MEM/DM se aprueba la Segunda Modificación al Contrato, en lo referido a la Séptima Cláusula y el Anexo N° 4 del mismo con el fin de consignar el nuevo plazo que demande la ejecución de las obras y la nueva fecha de la Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras; Que, mediante los documentos ingresados con registros N° 2543927, N° 2553883 y N° 2554216 de fechas 14 de octubre de 2015, 17 y 18 de noviembre de 2015, respectivamente, la Empresa solicita la Tercera Modificación a la concesión definitiva de generación RER a fin de modificar el área de concesión, a fin de ajustarla a la real área de operación de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras y su zona de influencia; Que, la Dirección General de Electricidad ha verificado que la Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 00993-EM, correspondiendo aprobar la Tercera Modificación a la concesión definitiva de generación RER de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras y al Contrato, en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública

Artículo 1.Aprobar la Tercera Modificación al Contrato de Concesión N° 316-2008 solicitada por Empresa Eléctrica Río Doble S.A. en lo referido a modificar el numeral 10.5 de la Cláusula Décima y el literal f) del Anexo N° 2, respecto de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Tercera Modificación al Contrato de Concesión N° 316-2008, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Tercera Modificación al Contrato de Concesión N° 316-2008, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del concesionario de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1522970-1

Autorizan al Director General de Electricidad o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Sexta Modificación al Contrato de Concesión N° 253-2005
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2017-MEM/DM Lima, 19 de mayo de 2017 VISTOS: El Expediente N° 11137505 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica La Virgen, cuyo titular es La Virgen S.A.C., y la solicitud de la Sexta Modificación al Contrato de Concesión N° 253-2005; y, el Informe N° 172-2017-MEM/ DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 060-2005EM se otorga a favor de Peruana de Energía S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica La Virgen con una potencia instalada de 58 MW, ubicada en el distrito de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, aprobándose el Contrato de Concesión N° 253-2005 (en adelante, el CONTRATO), donde se establece que la Puesta en Operación Comercial (POC) debía producirse a más tardar el 30 de abril de 2008;

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