Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2017 (24/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 24 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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de manera objetiva y concreta acredite las acciones que adoptó o adoptará para el tratamiento de los riesgos, así como las acciones para implementar las recomendaciones; Que, en ese sentido, con la finalidad de agilizar el trámite para la atención de los riesgos puesto a consideración en el marco del Control Simultáneo, que permita adoptar o disponer a partir de los riesgos comunicados, las acciones que corresponda para su tratamiento, así como comunicar al OCI las acciones adoptadas para el tratamiento de los riesgos, resulta necesario delegar aquellas facultades y atribuciones que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del Ministro de Educación, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 27562, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; en la Resolución de Contraloría N° 432-2016-CG que aprueba la Directiva N° 017-2016-CG/DPROCAL denominada "Control Simultáneo"; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, la facultad de adoptar o disponer, a partir de los riesgos comunicados, las acciones que corresponda para su tratamiento y comunicar al Órgano de Control Institucional las acciones adoptadas para el tratamiento de los riesgos, en el marco de la Directiva N° 017-2016-CG/ DPROCAL, denominada "Control Simultáneo" aprobada por Resolución de Contraloría N° 432-2016-CG. Artículo 2.- Disponer que la delegación prevista por la presente resolución es indelegable y comprende la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso. Artículo 3.- Disponer que dentro de los 05 (cinco) días de terminado cada trimestre, el Secretario General informará al Despacho Ministerial respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de la facultad delegada. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1524190-1

definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 1362016-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que orienta la selección y contrato de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS), para el año 2017", la cual tiene por finalidad orientar la selección y contratación del referido personal, para fortalecer la capacidad operativa del recurso humano en la precitada instancia de gestión educativa descentralizada; Que, a través del Oficio N° 237-2017-MINEDU/ VMGI-DIGEGED, el Director General de la Dirección General de Gestión Descentralizada remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional el Informe N° 033-2017-MINEDU/VMGI/DIGEGED-DIFOCA, con el cual la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades sustenta la necesidad de modificar la precitada Norma Técnica, a fin de incorporar disposiciones que orienten la contratación de especialistas en monitoreo de evaluación de estudiantes y docentes, así como los perfiles de dichos puestos; ello en atención a la necesidad de fortalecer a las Unidades de Gestión Educativa Local respecto a su capacidad operativa para el monitoreo de las evaluaciones de estudiantes y docentes que se viene implementando a nivel nacional; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la Norma Técnica denominada "Norma que orienta la selección y contrato de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS), para el año 2017", aprobada con Resolución Viceministerial N° 136-2016-MINEDU, a fin de incorporar el sub numeral 5.5 en el numeral 5, el perfil del puesto de Especialista en Monitoreo de Evaluaciones de Estudiantes y Docentes en el Anexo N° 02 del numeral 10, y el Anexo N° 04 en el numeral 10; los mismos que quedarán redactados conforme a lo señalado en el Anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Viceministro de Gestión Institucional (e) 1524072-1

Modifican Norma Técnica denominada "Norma que orienta la selección y contrato de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS), para el año 2017"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 092-2017-MINEDU Lima, 22 de mayo de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0063681-2017, el Informe N° 033-2017-MINEDU/VMGI/ DIGEGED-DIFOCA de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades de la Dirección General de Gestión Descentralizada, el Informe N°465-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad

Aprueban Bases de la XIV Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2017
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 094-2017-MINEDU Lima, 23 de mayo de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0063664-2017, Informe N° 001-2017-Grupo de Trabajo ONEM 2017, el Informe Nº 472-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación

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