Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2017 (24/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

74 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de mayo de 2017 /

El Peruano

POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 020-2017-MDC/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Proveído Nº 141-2017-MDC/GM de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 095-2017-MDC/ GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referente al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Año 2018 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política modificada mediante Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, en materia de Descentralización establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley. Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala en el artículo 53º que dichas Entidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. Que, los artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, indican que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos en la gestión pública; ésta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fiscalización y vigilancia existentes, y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley. Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria la Ley Nº 29298 y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, anotan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los Gobiernos Locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado. Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, expresa en su artículo 7º, inciso 7.3 que el Gobierno Local, convoca a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los Gobiernos Locales reglamentan el desarrollo del Proceso Participativo, para facilitar su participación. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 9º numerales 14, 34 y 53 y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos. Que, mediante Resolución Directoral Nº 0072010EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados, de carácter general y permanente. Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil; así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos dentro del proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2018, el cual permitirá asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo local.

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que rectifica límite de las Áreas de Tratamiento Normativo I y IV de un sector correspondiente al distrito de Lurín
ORDENANZA N° 2043 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria del Concejo, de fecha 18 de mayo de 2017, el Dictamen Nº 30-2017-MML-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA LÍMITE DE LAS ÁREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO I Y IV DE UN SECTOR CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.- Rectificar el límite de las Áreas de Tratamiento Normativo I y IV de una parte del tramo correspondiente al Sector VIII Huertos de Santa Genoveva, distrito de Lurín comprendido entre la Antigua Panamericana Sur y la Autopista Panamericana Sur, que está contenido en el Plano de Zonificación aprobado mediante la Ordenanza Nº 1814-MML, el cual se definirá según el Plano que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza, incorporando el Sector antes indicado al Área de Tratamiento Normativo I, para permitir la aplicación de los parámetros normativos que le corresponden. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de zonificación del distrito de Lurín la rectificación aprobada en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Publicar en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlimw.gob. pe) el gráfico que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza. POR TANTO, Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 18 de mayo de 2017 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1523241-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2018 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla
ORDENANZA Nº 256-MDC Cieneguilla, 18 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA.

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