Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2017 (25/05/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26

NORMAS LEGALES

Jueves 25 de mayo de 2017 /

El Peruano

Perú Miguel Ángel Núñez Polar y Lázaro Carrión Zúñiga, de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Alex Alberto Mosaurieta Álvarez, Carlos Alfonso Martín Díaz Orbegoso y Fredy Eduardo Castillo Luque y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Vargas Mérida, del 25 al 27 de mayo de 2017, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital - República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 824.00 370.00 Días X 2 X X Pers. 6 = 6 = Total US$ 4,944.00 4,440.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1524643-1

Autorizan ampliación de permanencia de suboficial de la Policía Nacional del Perú en EE.UU., para continuar con tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 453-2017-IN Lima, 24 de mayo de 2017 VISTAS: La Carta, de fecha 20 de marzo de 2017, emitida por el médico Miguel Escalon. M.D del Department of Rehabilitation Medicine del Icahn School Of Medicine at Mount Sinai, la Carta, de fecha 27 de marzo de 2017, emitida por Norma Parets, MS, OTR, Manager, Rehabilitation Admissions del Hospital The Mount Sinai, el Oficio Nº 211-2017-SALUDPOL/GG, de fecha 12 de abril de 2017, del Gerente General (e) del Fondo de Aseguramiento en Salud de Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL y el Informe N° 000756-2017/ IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0582017-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 09 de febrero de 2017, se autorizó el viaje al extranjero del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO, acompañado de un familiar, para recibir Tratamiento Médico Altamente Especializado y Neurorestaurativo por Medicina Física y Rehabilitación en el Hospital The Mount Sinai, ubicado en la ciudad de New York, Estados Unidos de América, por un periodo de cuarenta y tres (43) días, a partir del 06 de marzo al 17 de abril de 2017; Que, mediante Carta de fecha 20 de marzo de 2017, el médico Miguel Escalon MD del Departament of Rehabilitation Medicine de Icahn School of Medicine at

Mount Sinai hace de conocimiento que el Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (PNP) Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO ha progresado satisfactoriamente en poco tiempo, ello debido a los medicamentos brindados y a la rehabilitación que está recibiendo; asimismo, señala que tener un médico de rehabilitación y terapeutas especializados no están disponibles en Perú; en ese contexto, opina que el paciente debe permanecer en el Hospital Mount Sinai hasta el 30 de mayo, a fin que continúe mejorando física y cognitivamente; Que, de acuerdo a la Carta de fecha 27 de marzo de 2017, Norma Parets MS, OTR del Mount Sinai Rehabilitation Center del Hospital The Mount Sinai hace de conocimiento a la Gerencia General de SALUDPOL la extensión de la estancia del Suboficial Superior PNP Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO hasta el 30 de mayo de 2017, en mérito a lo recomendado por el médico Miguel Escalon M.D del Hospital Mount Sinai; Que, la Junta Interespecialidades de Neurocirugía, Neurología y Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Nacional de la Policía Nacional del Perú "Luis Nicasio Saenz", mediante Acta de Junta Médica Nº 249-17-dnc, de fecha 31 de marzo de 2017, concluye que el Suboficial Superior PNP Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO debe continuar su Tratamiento Médico Altamente Especializado y Neurorestaurativo por Medicina Física y Rehabilitación en el Hospital The Mount Sinai, ubicado en New York, Estados Unidos de América, desde el 18 de abril al 30 de mayo de 2017; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 059-2017-IN-SALUDPOL-GG, de fecha 12 de abril de 2017, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL autoriza la ampliación del financiamiento del Tratamiento Médico Altamente Especializado en el extranjero del paciente Suboficial Superior PNP Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO por el monto de S/ 427,665.52 soles; Que, el Tratamiento Médico Altamente Especializado del Suboficial Superior Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO se orienta esencialmente a su mejora física y cognitiva, lo cual redunda en su bienestar personal y en el ámbito de la Policía Nacional del Perú, por lo que es de interés institucional autorizar la ampliación de permanencia en el Hospital The Mount Sinai; en ese sentido, por razones de salud se ha visto por conveniente que la referida ampliación de permanencia en el exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del mencionado Suboficial Superior PNP sea con eficacia anticipada del 18 de abril al 30 de mayo de 2017; Que, con Informe Nº 98-2017-DIRECFIN­PNPDIVDEBEN-DEPADM, de fecha 17 de abril de 2017, la División de Derechos y Beneficios de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú señala que dada la condición del paciente Suboficial Superior PNP Marco Antonio LEMA CHIRICHIGNO y que se encuentra cubierto los gastos por concepto de alimentación y hospedaje, solo corresponde otorgar el 20% de la compensación extraordinaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de Personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; Que, los gastos que ocasione la presente autorización se ejecutan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora N° 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatorias; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.