Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2017 (25/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 25 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, dispone en el literal g) del artículo 6 que al Órgano Resolutivo le corresponde, entre otros, autorizar la ejecución de las inversiones de su Sector y la elaboración de expedientes técnicos o equivalente; dicha autorización se entiende ya realizada respecto a los proyectos aprobados en la Ley de Presupuesto o en el Presupuesto Institucional Modificado; además, estas competencias pueden ser objeto de delegación, la cual debe ser comunicada a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Decreto Supremo N° 010-92-PE, al que se da fuerza de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero­FONDEPES como organismo descentralizado del Ministerio de la Producción; persona jurídica de derecho público con autonomía técnica, económica y administrativa; cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y financieramente, el desarrollo de la actividad pesquera artesanal marítima y continental, así como las actividades pesqueras y acuícolas, principalmente los aspectos de infraestructura básica para el desarrollo y distribución de los recursos pesqueros; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE prevé que la autoridad de más alto nivel jerárquico es el funcionario con categoría de Jefe; responsable de establecer los objetivos, estrategias y la política institucional, en el marco de las políticas sectoriales, así como conducir la dirección de la institución; Que, mediante Oficio Nº 73-2017-FONDEPES/J, la Jefa del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero solicita al Ministro de la Producción, la delegación de facultades para que el citado Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio, autorice la elaboración de expedientes técnicos o equivalente; así como la ejecución de los proyectos de inversión declarados viables que el FONDEPES desarrolle en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, por Memorando Nº 446-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en virtud a lo señalado en el Informe N° 029-2017-PRODUCE/OGPPM-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, que hace suyo, opina favorablemente respecto de la delegación de facultades solicitada por el FONDEPES en el marco del nuevo Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, remitiendo la propuesta para el trámite correspondiente; Que, en consecuencia, es necesario delegar en el/ la Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero­ FONDEPES, la facultad de autorizar la ejecución de las inversiones de dicha Entidad y la elaboración de expedientes técnicos o equivalente, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero­FONDEPES, la facultad de autorizar la ejecución de las inversiones del referido Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la

Producción, y la elaboración de expedientes técnicos o equivalente, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 2.- Comunicar a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas la delegación de facultades establecida en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; debiendo informar semestralmente al Ministro respecto de lo actuado y de los resultados de la gestión. Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial N° 212-2010-PRODUCE. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero­FONDEPES, para los fines pertinentes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) y en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.fondepes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1524849-5

Designan Auxiliar Coactivo de la Oficina de Ejecución Coactiva
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 228-2017-PRODUCE Lima, 24 de mayo de 2017 VISTOS: El Memorando N° 668-2017-PRODUCE/ OGA de la Oficina General de Administración, y el Memorando N° 613-2017-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor y del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza, dispone que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7 de la Ley N° 26979, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 004-2017-PRODUCE, se encarga, con eficacia anticipada al 01 de enero de 2017, a la señorita Cinthya Estrada Montenegro, Ejecutor Coactivo de la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción, las funciones del puesto de Auxiliar Coactivo de la Oficina de Ejecución Coactiva de la citada Oficina General, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de la Producción, reordenado mediante Resolución Ministerial N° 215-2017-PRODUCE, contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad sobre la base de su estructura

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