Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 26 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Autorizan viaje de funcionario diplomático a Noruega, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0390/RE-2017 Lima, 23 de mayo de 2017 VISTA: La comunicación del Director General de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, en colaboración con el Gobierno del Reino de Noruega, de abril de 2017, con la cual cursa una invitación para participar en la Primera Reunión de las Partes en el Acuerdo de la FAO sobre Medidas del Estado rector del puerto, del 29 al 31 de mayo de 2017, seguida por la Primera Reunión del Grupo de Trabajo Ad Hoc, del 1 al 2 de junio de 2017, ambas a realizarse en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega; CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) sobre medidas del Estado rector del puerto para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, fue aprobado por la Conferencia de la FAO en 2009; Que, el objetivo principal del Acuerdo es prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) mediante la aplicación de medidas del Estado rector del puerto, contemplando que las partes, en su capacidad de Estado rector del puerto, apliquen el Acuerdo de forma efectiva a los buques extranjeros que tratan de entrar a los puertos o mientras están en el puerto; Que, la aplicación de las medidas establecidas en el Acuerdo, entre otras cosas, contribuirán a la armonización de las medidas del Estado rector del puerto, a una mayor cooperación regional e internacional y a impedir la llegada de pesca INDNR a los mercados nacionales e internacionales; Que, el Perú suscribió en marzo del 2010 el Acuerdo de la FAO sobre medidas del Estado rector del puerto para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada; encontrándose actualmente el Congreso de la República evaluando la conveniencia de ratificar el mencionado Acuerdo de la FAO, toda vez que es conveniente para los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, la mencionada reunión se realizará en el marco de la recomendación formulada por el Comité de Pesca de la FAO en su 32° periodo de sesiones, que tuvo lugar en julio de 2016, que invoca a las Partes a convocar una reunión de puesta en marcha, con objeto de abordar diversos aspectos de la aplicación del Acuerdo; Que, se estima necesaria la participación Director de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 1599, del Despacho Viceministerial, de 16 de mayo de 2017; y la memoranda (DSL) N.° DSL0249/2017, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 28 de abril de 2017; y (OPR) N.° OPR0143/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 18 de mayo de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jesús Raúl Ponce Bravo, Director de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, para participar del 29 al 31 de mayo de 2017, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 27 de mayo al 1 de junio de 2017. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 3 370,00 Viáticos por día US$ 540,00 Total viáticos US$ 2 700,00

Nombres y Apellidos Jesús Raúl Ponce Bravo

N° de días 3+2

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1524377-1

SALUD
Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio para el año 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 388-2017/MINSA Lima, 24 de mayo del 2017 Visto, el expediente N° 17-002640-001 que contiene el Informe N° 005-2017-OGPPM-OPEE/MINSA, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, a través del Decreto Supremo N° 086-2010PCM se incorpora el numeral 13 al artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, aprobando la Política Nacional en materia de Servicio Civil; Que, asimismo, a través del Decreto Supremo N° 0522011-PCM se modifica el sub numeral 9.1 del numeral 9 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que aprueba las Políticas Nacionales en materia de Empleo y MYPE; Que, con Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, se incorpora el numeral 14 al artículo 2 del Decreto Supremo

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