Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de noviembre de 2017 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Modifican la Guía para el Planeamiento Institucional
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 062-2017-CEPLAN/PCD Lima, 23 de noviembre de 2017 VISTO: El Informe N° 354-2017-CEPLAN-DNCP de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico; y el Informe Nº 209 -2017-CEPLAN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", que establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y con una visión de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017/CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba las guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de planes y políticas a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y los lineamientos para casos de desastre, de conformidad con el artículo 6° de la referida Directiva; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, y que establece pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la pre-imagen del Perú al 2030, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales; Que, en el marco del proceso de implementación de la Directiva N° 001-2017/CEPLAN/PCD y de la Guía para el Planeamiento Institucional, el CEPLAN ha recibido de parte de los operadores del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico consultas, sugerencias y comentarios en relación al alcance de sus disposiciones, las cuales se han venido atendiendo de manera directa y también a través de eventos de presentación de esta normativa a representantes de entidades de los tres niveles de gobierno, así como de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y de las Universidades Públicas; Que, frente a las consultas, sugerencias y comentarios recibidos por la entidad, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN ha propuesto modificar la Guía para el Planeamiento Institucional, para una mejor implementación de sus disposiciones por parte de las entidades integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009PCM, establece, en el literal w) de su artículo 13° que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Con la visación del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, del Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación, del Director Ejecutivo (e) y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobado mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD. Artículo 2°.- Publicar la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN www.ceplan.gob.pe. Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano". Regístrese y comuníquese. JAVIER ABUGATTÁS FATULE Presidente Consejo Directivo 1589883-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 302-2017/SUNAT Lima, 20 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que el numeral 16.2 del artículo 16 de la citada ley establece que las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres,

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