Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de noviembre de 2017 /

El Peruano

de categorizar al Usuario, debe tomarse en consideración la actividad principal, la cual se determina en función al mayor consumo. 12.2 La empresa prestadora clasifica a los usuarios en función a las siguientes clases y categorías: Clase Residencial Categoría Social Categoría Doméstica Clase No Residencial Categoría Comercial y Otros Categoría Industrial Categoría Estatal

1. Aquellos que contando con pozo no se encuentren comprendidas en la Clase Residencial y destinen el uso del agua subterránea para fines productivos. Está conformada por las siguientes categorías: a) Categoría Comercial y Otros: Aquellos usuarios que comercialicen bienes y servicios. Adicionalmente, incluye aquellos usuarios que desarrollen las siguientes actividades: 1) Riego de parques y jardines. 2) Panaderías, pastelerías y bagueterías artesanales que simultáneamente comercializan otros productos al por menor. 3) Instituciones civiles con un fin social o no lucrativo. 4) La actividad empresarial del Estado. 5) Servicios turísticos, recreativos y de transporte. 6) Las que no se encuentren previstas expresamente en las otras categorías de la Clase No Residencial. b) Categoría Industrial: Aquellos usuarios que destinen el uso del agua subterránea al desarrollo de actividades de asierro, construcción, energía, minería, cultivo, crianza, extracción, fabricación, sacrificio de animales y transformación de materiales. c) Categoría Estatal: Aquellos usuarios integrantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial; organismos constitucionalmente autónomos; los gobiernos regionales y locales que destinen el uso para el cumplimiento exclusivo de sus funciones administrativas. Artículo 13.- Determinación del importe a facturar 13.1 El importe a facturar por el Servicio se obtiene como resultado de aplicar sobre el VAF, la Tarifa establecida en la resolución tarifaria aprobada por la SUNASS. 13.2 En caso la estructura tarifaria considere Tarifas diferentes para distintos rangos de consumo, al volumen comprendido dentro del primer rango se le aplica

12.3 Son usuarios considerados dentro de la Clase Residencial: 1. Aquellos usuarios que destinen el uso del recurso con el fin de satisfacer sus necesidades básicas, tales como preparación de alimentos y hábitos de aseo personal. a) Categoría Social: Aquellos usuarios que desarrollen programas y actividades de naturaleza social, tales como Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares, Programas No Estandarizados de Educación Inicial (PRONOEI) y otros similares o que alberguen personas en situación de abandono o extrema pobreza. Adicionalmente, están comprendidos en esta categoría: solares, callejones y quintas, abastecidos mediante un servicio común y cuarteles de Cuerpo General de Bomberos. b) Categoría Doméstica: Aquellos usuarios que residan en espacios destinados exclusivamente a la habitación en forma permanente y sin fines de lucro. En estos casos, el uso del agua subterránea es para satisfacer las necesidades domésticas de las familias. 12.4 Son usuarios considerados dentro de la Clase No Residencial:

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