Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de noviembre de 2017 /

El Peruano

· Red Municipal para el Manejo Adecuado de Residuos Sólidos · Red de Gestión Ambiental, realiza mesas de trabajo para priorizar actividades de mantenimiento de áreas verdes y otras para mejorar el ornato en zonas específicas y en conjunto mejorar el medio ambiente y la calidad de vida en el distrito. Cada red municipal desarrollará Módulos TeóricoPrácticos de capacitación, según la actividad a la que estarán destinados. Los módulos y talleres serán conducidos por los profesionales de la Gerencia de Gestión Ambiental, la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental y en ocasiones por profesionales o técnicos especializados de otras entidades que sean invitados o que deseen colaborar. 6.3.1 Red Municipal para el Fortalecimiento de Capacidades y Desarrollo de actividades para mejorar el medio ambiente. Se capacita y sensibiliza a través de Talleres , Charlas y conversatorios, en las actividades relacionadas a los módulos siguientes: - Módulo de técnicas de cultivo y técnicas de riego. - Módulo de jardinería práctica. - Módulo de preparación de la tierra para el cultivo. - Módulo de técnicas de corte y poda. - Módulo de técnicas para preparación de almácigos. - Módulo de implementación de Biohuertos. - Módulo de Hidroponía. - Módulo de manejo eficiente de recursos hídricos. 6.3.2 Red Municipal para el Manejo Adecuado de Residuos Sólidos. Se capacita y sensibiliza a través de Talleres, Charlas y conversatorios, en las actividades relacionadas a los módulos siguientes: - Módulo de Residuos Sólidos (orgánicos inorgánicos). - Módulo de Tenencia Responsable de Mascotas. - Manejo adecuado de excretas de canes. e

11. FINANCIAMIENTO Presupuesto Operativo Anual. 12. UNIDAD EJECUTORA Gerencia de Gestión Ambiental, a través de la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental. 13.- COORDINACIÓN GENERAL: Coordinador (a) General. 1591628-1

Aprueban rechazo a todo tipo de maltrato o crueldad causados directa o indirectamente por el ser humano hacia animales
ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2017/MDA Ate, 13 de noviembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre del 2017; el pedido formulado por el Regidor de la Municipalidad Distrital de Ate, señor Edde Cuéllar Alegría; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme se establece en el artículo 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades son atribuciones y obligaciones de los Regidores formular pedidos y Mociones de Orden del día; Que, según lo establece el artículo 73º de la Ordenanza Nº 371-MDA, de fecha 09 de febrero del 2015, que aprobó el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, las Mociones de Orden del Día son proposiciones mediante las cuales los Regidores ejercen su Derecho de petición ante el Concejo Municipal que adopte decisiones sobre asuntos importantes para los intereses de la Municipalidad o de la Comunidad; Que, en la Estación de Pedidos, el señor Regidor Edde Cuéllar Alegría, señala que ante los luctuosos hechos sucedidos en la madrugada del día sábado 11 de noviembre pasado, donde persona o personas no identificadas cometieron un acto abominable al incinerar pequeños gatos que conviven en el parque Los Naranjos, II Etapa de Ceres, al costado donde viene funcionando el vivero municipal; lo que merece una moción de rechazo por tan lamentables hechos, y señala que el Concejo Municipal está en contra de todo acto de maltrato, violencia contra la vida y la salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres; y, reitera su posición de protección y bienestar hacia los animales; así, como de cumplimiento de las normas legales sobre protección a los animales, por lo que solicita al Concejo apoyar esta moción y pase a Orden del Día para su aprobación; Que, que en la Estación de Orden del Día, y puesto a debate el punto de agenda que da mérito a este Acuerdo de Concejo los señores Regidores plantearon la necesidad de incorporar en la Moción que se apruebe, se incluya un pronunciamiento de rechazo a todo tipo de acto de violencia e injuria de parte de personas que

6.3.3 Red de Gestión Ambiental "Ate en Acción". Los miembros que la integran se inscriben voluntariamente en pleno conocimiento de las funciones a realizar, suscriben un compromiso en señal de conformidad y se les otorga Credenciales para la Acreditación. El trabajo de priorización de actividades se realiza a través de MESAS de TRABAJO. 7. RECONOCIMIENTOS Los reconocimientos por asistencia, participación e implementación de buenas prácticas serán cubiertos por el municipio, se otorgarán plantas, semillas u otros elementos que contribuyan a poner en práctica lo aprendido. 8. ÁMBITO Comunidad del Distrito de Ate. 9. INTEGRANTES DEL PROGRAMA - Instituciones Educativas que cuentan con comités ambientales. - Asociaciones Vecinales que tengan comités ambientales. - Personas Naturales que hayan suscrito compromiso como miembro de la Red de Gestión Ambiental "Ate en Acción". - Personal Técnico de la Municipalidad. - Profesionales y/ o Empresas Invitadas. 10. VIGENCIA Proceso progresivo y continuo de largo plazo Etapa 2014-2018 Etapa 2018-2022

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