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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (30/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2017 / El Peruano Tabla I Unidad Ejecutora/ GL Nº 301260, Comité de Reestructuración de Deudas de la Municipalidad Distrital de El Agustino designado por RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 151-2017-MDEA y RUC Nº 20131377909. I II III I+II+III RAZÓN SOCIAL RUCDEUDA NOMINALACTUALIZACIÓN POR RENTABILIDADINTERES DE FRACCIONAMIENTODEUDA FRACCIONADAPLAZO (MESES)CUOTA MENSUAL AFP HABITAT 20551464971 5,250.93 1,633.40 2,896.87 9,781.20 120 81.51 AFP INTEGRA 20157036794 842,965.71 3,652,968.27 1,892,190.42 6,388,124.40 120 53,234.37 AFP PRIMA 20510398158 148,695.83 290,251.37 184,738.40 623,685.60 120 5,197.38 AFP´PROFUTURO 20142829551 453,461.24 1,864,626.75 975,607.21 3,293,695.20 120 27,447.46 TOTAL SPP 1,450,373.71 5,809,479.79 3,055,432.90 10,315,286.40 120 85,960.72 Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1591952-1 Solicitan a la SUNAT acoger deuda tributaria al pago fraccionado del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones a EsSalud y a la ONP ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2017-MDEA El Agustino, 16 de noviembre de 2017.EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINOPOR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de El Agustino, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de noviembre de 2017. VISTO: El Informe Nº 0163-2017-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Memorándum Nº 171-2017-GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 242-2017/GPLAN-MDEA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 002-2017-CRDT/MDEA emitido por el Comité de Reestructuración de Deudas Tributarias, respecto al acogimiento al Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSALUD y a la ONP; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 16.1 y el articulo 16 y el articulo 20 del Subcapítulo I, Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP, del Capítulo IV, De la Restructuración de la Deuda de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, del Decreto Legislativo Nº 1275 que aprueba el marco de responsabilidad y transparencia fi scal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establecen que el Concejo Municipal podrá acordar acogerse al pago fraccionado del Régimen de Sinceramiento, de acuerdo con las disposiciones que se establezcan en el reglamento y en la forma y condiciones señaladas en la resolución de superintendencia que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emita a tal efecto, así como autorizar a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas (DGETP) para que proceda a la afectación de los recursos destinados al pago de las cuotas de fraccionamiento correspondiente al Régimen de Sinceramiento en las fechas de vencimiento establecidas en el cronograma del fraccionamiento aprobado por la SUNAT, hasta su total cancelación, con cargo a los recursos que dichos Gobiernos Locales determinen, siempre que tales recursos se centralicen y administren a través de la Cuenta Única del Tesoro Público, sujeto a las restricciones vigentes respecto al uso de los recursos; Que, a la fecha la Municipalidad Distrital de El Agustino mantiene deuda tributaria por concepto de aportaciones al EsSalud y a la ONP, administrada por la SUNAT, conforme se evidencia en los reportes emitidos por dicha Administración Tributaria. Que, la Municipalidad Distrital de El Agustino considera oportuno para la sostenibilidad fi scal, presentar a la SUNAT la solicitud de acogimiento al pago fraccionado previsto en el Subcapítulo I del Capítulo IV del Decreto Legislativo Nº 1275. Estando a los alcances del Decreto Legislativo Nº 1275 y su reglamento; de la Resolución de Superintendencia Nº 164-2017/SUNAT y de conformidad con lo dispuesto por la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; ACORDÓ: Artículo Primero.- SOLICITAR a la SUNAT acoger la deuda tributaria así como los conceptos que se generen hasta la fecha de presentación de la solicitud, al pago fraccionado del Régimen de Sinceramente de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP, establecido por el Decreto Legislativo Nº 1275 y su reglamento, así como por la Resolución de Superintendencia Nº 164-2017/SUNAT, hasta por el número de cuotas mensuales que se detallan en la tabla I del presente acuerdo. Artículo Segundo.- ACOGERSE a los procedimientos que se deriven del Decreto Legislativo 1275 y su reglamento, así como por la Resolución de Superintendencia Nº 164-2017/SUNAT, para el acogimiento al pago fraccionado del Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP, que se ha acordado solicitar. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la DGETP para que afecte del monto mensual que percibe esta Municipalidad, el monto destinado al pago de las cuotas de fraccionamiento correspondientes al Régimen de Sinceramente de Deudas por Aportaciones al EsSalud y a la ONP, hasta su cancelación, con cargo a los siguientes recursos centralizados y administrados a través de la Cuenta Única del Tesoro Público y en el orden de prelación que se indica: ORDEN DE PRELACIONFUENTE DE FINANCIAMIENTORUBROTIPO DE RECURSO 0105 RECURSOS DETERMINADOS07 FONCOMUNA Artículo Cuarto.- DISPONER que el Gerente de Administración y Finanzas adopte las acciones administrativas necesarias para garantizar que los recursos indicados en el artículo precedente, cubran