Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 30 de noviembre de 2017
3. SALUD Y SALUBRIDAD

NORMAS LEGALES
Almacén en frío: SANCIONES Por no almacenar en cámaras de 3.08.47 acuerdo a la naturaleza de los alimentos. Por no colocar las carcasas en ganchos y en 3.08.52 rielerias de 0,3 m. del piso y 0,3 m. entre piezas. Por almacenar carnes de animales de abasto sin identificación.

77
Clausura Temporal por 15 Días y/o Hasta Subsanar Infracción. Clausura Temporal por 15 Días y/o Hasta Subsanar Infracción.

CÓDIGO

INFRACCIÓN

OBSERVACIONES

TIPO

MULTA UIT

MEDIDA COMPLEMENTARIA

Sanción

GRAVE

50%

3.08 Comerciantes de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos Higiene de los manipuladores de Alimentos Por realizar labores de limpieza en 3.08.17 simultáneo con la venta de alimentos. Clausura Temporal por 03 Días.

Sanción

GRAVE

50%

Sanción

GRAVE

50%

Vestimenta de los manipuladores Por no usar 3.08.20 guantes limpios y en buen estado. Clausura Temporal Hasta Subsanar la Infracción. 3.08.54

Sanción

GRAVE

50%

Decomiso

Sanción

GRAVE

50%

Contaminación cruzada Por transportar 3.08.74 carcasas con carnes congeladas Por transportar 3.08.75 carcasas con carnes refrigeradas. Sanción GRAVE 50% Decomiso

Expendio de Alimentos agropecuarios primarios y Piensos Por no comercializar alimentos 3.08.22 agropecuarios primarios y piensos sanos y frescos. Por no mantener la temperatura de 3.08.23 frío, para aquellos alimentos que lo requieren. Por despachar alimentos 3.08.24 agropecuarios en bolsas plásticas inadecuadas. Carnes y menudencias Por no aplicar cadena de frío 3.08.26 para las carnes de animales de abasto que se exhiben. Por usar lavaderos inadecuados, así como cámaras 3.08.27 y exhibidores de refrigeración de material no adecuado. Por comercializar carnes de animales de abasto sin 3.08.28 identificar y de procedencia NO autorizada. Clausura Temporal por 15 Días.

Sanción

GRAVE

50%

Clausura Temporal por 05 Días.

Sanción

GRAVE

50%

Decomiso

Sanción

GRAVE

50%

Clausura Temporal por 05 Días.

Sanción

GRAVE

50%

Clausura Temporal por 05 Días.

Artículo Segundo.- DEROGUESE las infracciones contenidas en los códigos 3.08.11 y 3.08.67 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y DÉJESE SIN EFECTO toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en la Ley a efecto que el Texto íntegro de la Ordenanza se publiquen en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho ( www.munisjl.gob.pe). Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.

Sanción

GRAVE

50%

JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1592160-1

Sanción

GRAVE

50%

Clausura Temporal por 03 Días y/o Hasta Subsanar la Infracción Clausura Temporal por 05 Días y/o Hasta Subsanar Infracción. Clausura Temporal Hasta Subsanar la Infracción y Decomiso Clausura Temporal Hasta Subsanar la Infracción y Decomiso

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 361 que otorgó beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2017-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 29 de noviembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum Nº 372-2017-GP/MDSJL de la Gerencia Planificación, y los Informes Nº 467-2017-GAJ/ MDSJL, Nº 617-2017-SGPP-GP/MDSJL, y Nº 050-2017GAT/MDSJL, todos de fecha 28 de noviembre de 2017, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y de la Gerencia de Administración Tributaria, respectivamente, sobre prórroga de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades (LOM), los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Sanción

GRAVE

50%

Por usar equipos 3.08.29 y utensilios en mal estado.

Sanción

GRAVE

50%

3.08.30

Por utilizar tablas de picar en mal estado y utilizar troncos de árbol.

Sanción

GRAVE

50%

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.