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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (09/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Lunes 9 de octubre de 2017 El Peruano / Cuarto.- AUTORIZAR a la Gobernación Regional la suscripción del contrato de fi deicomiso y de los documentos que fueren necesarios para que se concrete la donación aprobada. Quinto.- DISPONER la publicación del Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano conforme lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional 1573647-1 Apueban la modificación del Acuerdo Regional N° 068-2017-GRA/CR-AREQUIPA ACUERDO REGIONAL Nº 081-2017-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 19 de setiembre del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que con Acuerdo Regional N° 068-AREQUIPA, adoptado en sesión de 18 de julio de 2017, se aprobó una donación dineraria que efectuaría la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. a favor del Gobierno Regional de Arequipa consistente en: i) El monto de S/. 559 338,30 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL, TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 30/100 SOLES), que será destinado a la contratación de personal asistencial adicional para las áreas de Radioterapia y Oncología del Hospital Goyeneche. ii) El monto de los gastos, comisiones y/o servicios correspondientes a la suscripción del contrato de fi deicomiso que se celebre para la administración de dichos fondos, tales como: * Comisión de estructuración de contratos; * Comisión mensual por administración de fi deicomiso; * Comisión en caso de adenda al contrato u otros que puedan ser cobrados por la entidad fi nanciera con la que se contrate el referido fi deicomiso. Asimismo, la suscripción, a cargo del Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, del Contrato de Fideicomiso para la administración de los fondos materia de donación, entre el Gobierno Regional de Arequipa (fi deicomitente), la entidad bancaria (fi duciario) y la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. (supervisor), siendo que la suscripción y/o implementación de dicho contrato no deberá generar gasto alguno al Gobierno Regional. Que con el Ofi cio N° 766-2017-GRA/GGR, el Gerente General Regional informa al Consejo Regional de Arequipa sobre la solicitud efectuada por Sociedad Minera Cerro Verde a fi n de que se modifi que el referido Acuerdo señalando que dicha donación será efectuada por la Asociación Cerro Verde, lo que consta en la Carta SMCV/RR.CC./832-2017 del 11 de septiembre del año en curso. Que en el Expediente aparece la Carta ACV-GG/ CG1988-17, del 14 de septiembre en curso, en la que la Asociación Cerro Verde comunica su aceptación porque la implementación de la donación se efectúe a través suyo. Que, fi nalmente, el órgano Ejecutivo Regional a través del Ofi cio emitido por la Gerencia General ha expresado su conformidad respecto a la variación propuesta, Estando a lo expuesto y conforme lo dispuesto por el Artículo 39 de la Ley 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales, SE ACUERDA: Primero.-. APROBAR la modifi cación del Acuerdo Regional N° 068-2017-GRA/CR-AREQUIPA, debiendo aparecer -tanto en la parte considerativa como en la parte resolutiva de la misma- que la donación dineraria, así como la participación como supervisor del contrato de fi deicomiso serán realizadas por la Asociación Cerro Verde. Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo Regional N° 068- 2017-GRA/CR-AREQUIPA en lo demás que contiene. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional 1573648-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica ORDENANZA REGIONAL Nº 0012-2017-GORE-ICA Ica, 3 de octubre de 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del 22 de setiembre de 2017. VISTO, el Dictamen N°006-2017-GORE-ICA/ CR-CPPYAT-P de fecha 31.AGO.2017, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento respecto a la aprobación de la “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA”. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modifi catoria la Ley N°27902, establece que: “Los Gobiernos Regionales, que emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal”. Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto; 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional”. Que, en el marco de las competencias exclusivas establecidas en el literal k), numeral 1, artículo 10° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales entre sus competencias el Gobierno Regional le corresponde entre otros: “(…) c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto”; igualmente el literal a), del Artículo 45° en lo que corresponde a las Funciones Generales establece: “(…)a) Función normativa y reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia”. Que, el literal a), del artículo 15º la Ley de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 señala que: “Es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar