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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (09/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Lunes 9 de octubre de 2017 El Peruano / PCM así como por sus normas modifi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 14 de setiembre de 2017; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Adrián Armas, Gerente Central de Estudios Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 10 al 15 de octubre y el pago de los gastos, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1077,90 Viáticos US$ 2600,00 TOTAL US$ 3677,90 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1573287-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Profuturo AFP el cambio de dirección de agencia ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 3676-2017 Lima, 21 de setiembre de 2017 LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación de Profuturo AFP LEG – SBS Nº 063-2017 del 13/09/2017 ingresada el mismo día con registro Nº 2017-50059 y el Informe Nº 118-2017- DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de vistos, Profuturo AFP solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en Urbanización Magisterial 2, A-4 Umacollo en el distrito, provincia y departamento de Arequipa; hacia la Av. José Abelardo Quiñones Mz C Lote 21 Urbanización Valencia en el distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de Arequipa. Que, mediante Resolución Nº 6985-2009-SBS y Certifi cado Nº PR073 del 24 de junio de 2009 se autorizó a Profuturo AFP el funcionamiento de la agencia ubicada en Urbanización Magisterial 2, A-4 Umacollo en el distrito, provincia y departamento de Arequipa. Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 0118-2017-DSIP de fecha 19 de setiembre de 2017. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modifi catorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias, y la Resolución SBS Nº 6752-2015; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Profuturo AFP el cambio de dirección de su agencia ubicada en Urbanización Magisterial 2, A-4 Umacollo en el distrito, provincia y departamento de Arequipa; a la nueva dirección situada en Av. José Abelardo Quiñones Mz C Lote 21 Urbanización Valencia en el Distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado Nº PR073, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 6985-2009-SBS. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado Defi nitivo Nº PR088, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Profuturo AFP, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales (e) 1573369-1 Autorizan a Financiera Mitsui Auto Finance Perú S.A. la apertura de oficina especial temporal ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3775-2017 Lima, 27 de setiembre de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Mitsui Auto Finance Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) ofi cina especial temporal, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; y, la Resolución Administrativa SBS N°240-2013;