NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (15/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2017 El Peruano / 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 354 009 243,00, (TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo fi nancian, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca de Ingreso; Que, mediante Decreto Supremo Nº157-2012-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión bajo la modalidad de absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el “Proyecto Innovación para la Competitividad” se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces; precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, la Disposición Complementaria Final señalada en el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados para a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento; asimismo, el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo precedentemente señalado; Que, con O fi cio Nº 359-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.CE, del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, y el Informe Nº 072-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, se sustenta la necesidad de autorizar las transferencias fi nancieras a favor de cinco (05) entidades públicas, hasta por la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SIETE Y 18/100 SOLES (S/ 6 657 907,18), en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 6 654 255,18 y 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito S/ 3 652,00 destinadas a co fi nanciar la ejecución de los instrumentos: i) 11 “Proyectos de Equipamiento Cientí fi co de Laboratorios” – ECL; y, ii) 01 “Proyecto de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento” – PCTI, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando, que los bene fi ciarios de las transferencias fi nancieras vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios y contratos suscritos; Que, por Memorando Nº 1123-2017-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 476-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras a favor de cinco (05) entidades públicas vinculadas a los Sectores de Educación y Salud hasta por la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SIETE Y 18/100 SOLES (S/ 6 657 907,18), en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 6 654 255,18 y 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito S/ 3 652,00 con cargo al presupuesto institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para ser destinadas a co fi nanciar la ejecución de los instrumentos señalados en el párrafo precedente, en el marco del contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2017; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores de Educación y Salud señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por el suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SIETE Y 18/100 SOLES (S/ 6 657 907,18), correspondiendo la suma de S/ 6 654 255,18 a la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios y la suma de S/ 3 652,00 a la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinadas a cofi nanciar la ejecución de los proyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, en el marco de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán