Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa COMUNICACIONES UNO E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa COMUNICACIONES UNO E.I.R.L., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1565505-2

MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 392-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del D.S. 006-2017-JUS Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el D.S. 006-2017-JUS Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa MOVIL AIR S.A.C. la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial ­ Turístico concedido con la Resolución Directoral Nº 797-2016MTC/12 del 27 de diciembre del 2016, en el sentido de variar su forma societaria de MOVIL AIR E.I.R.L. a MOVIL AIR S.A.C.; e incrementar el material aeronáutico de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (Además de los ya autorizados) - Aeronave Cessna 206 - Aeronave GA8 Airvan Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 797-2016-MTC/12 del 27 de diciembre del 2016 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1558458-1

Otorgan a MOVIL AIR S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial turístico
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 500-2017-MTC/12 Lima, 14 de agosto del 2017 Vista la solicitud de la empresa MOVIL AIR S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 797-2016MTC/12 del 27 de diciembre del 2016 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de enero del 2017, se otorgó a la empresa MOVIL AIR E.I.R.L. (Hoy MOVIL AIR S.A.C.) la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de diciembre del 2016; Que, mediante Expediente Nº T-137237-2017 del 30 de mayo del 2017, Documento de Registro Nº E-1587622017 del 20 de junio del 2017 y Documento de Registro Nº E-171566-2017 del 05 de julio del 2017 la empresa MOVIL AIR S.A.C., solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de variar su forma societaria de MOVIL AIR E.I.R.L. a MOVIL AIR S.A.C. e incrementar el material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 7322017-MTC/12.LEG y Memorando Nº 893-2017-MTC/12. LEG emitidos por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 323-2017-MTC/12.07. CER y Memorando Nº 381-2017-MTC/12.07.CER emitidos por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 100-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 121-2017-

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan como Unidad Ejecutora de Inversiones del Programa Nacional de Saneamiento Rural a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Rural; y su responsable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2017-VIVIENDA Lima, 14 de setiembre de 2017

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