Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

"Artículo 1°.- Delegar en el Jefe de la Oficina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, las siguientes funciones y atribuciones: (...) 1.3 En materia administrativa: a) Ejercer la representación legal para las actuaciones ante instituciones privadas y/o públicas, como las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), Empresas de Seguros, Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y aquellas que estén vinculadas con las funciones de la Oficina General de Administración a fin que realice cualquier tipo de actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión de la APCI. b) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes y demás actos administrativos de disposición que se deriven de los mismos, así como suscribir los convenios y/o contratos con entidades públicas destinadas al uso y/o disfrute total o parcial de bienes muebles de propiedad o bajo la administración estatal. c) Aprobar directivas y/o manuales, así como todo documento normativo que regulen los actos de administración interna, como la elaboración de documentos de gestión trámites internos, lineamientos técnico - normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de las unidades integrantes del citado órgano de apoyo. d) Expedir las resoluciones sobre acciones administrativas para el castigo de las cuentas incobrables: castigo directo y castigo indirecto, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Instructivo N° 3 "Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables", aprobado por Resolución de Contaduría N° 067-97-EF.93.01 y sus modificatorias." Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración y a los interesados, para las acciones correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www.apci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VOTO BERNALES Director Ejecutivo 1564814-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan Asesor de la Jefatura del SIS y Jefe de la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 220-2017/SIS Lima, 14 de setiembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 386-2017-SIS-OGAR/OGRH de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos con Proveído Nº 477-2017-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos, el Informe Nº 020-2017SIS/OGAJ/AMCC con Proveído Nº 360-2017-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de los funcionarios en cargos de confianza

distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; asimismo, en su artículo 7 prescribe que a través de Resolución del Titular de la Entidad se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los funcionarios con cargos de confianza que no estuvieran contemplados en el artículo 1 de la citada norma; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo, precisando que dicho personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 117-2017/ SIS, de fecha 08 de junio de 2017, se designó al CPC Henry Miguel Maquera Colque, en el cargo de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud; asimismo, en el artículo 3 de la referida Resolución se le designa temporalmente en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 ­ Fondo Intangible Solidario de Salud, en adición a sus funciones de Asesor de Jefatura del SIS; Que, mediante carta S/N de fecha 05 de setiembre de 2017 el CPC Henry Miguel Maquera Colque presenta ante la Jefatura del Seguro Integral de Salud, su renuncia al cargo de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud y a la designación temporal de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 ­ Fondo Intangible Solidario de Salud; Que, de acuerdo a los documentos de vistos, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de Recursos, señala que el perfil del profesional propuesto para ocupar el cargo de confianza de Asesor de Jefatura del Seguro Integral de Salud cumple con los requisitos establecidos en el Manual Clasificador de Cargos del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 191-2011/ SIS y su modificatoria según Resolución Jefatural Nº 1462017/SIS y atendiendo a las necesidades institucionales existentes, considera viable la designación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 de la Médico Cirujano Ana Luz Montalvo Chávez en el cargo de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud y su designación temporal como Jefe de la Unidad Ejecutora 002 ­ Fondo Intangible Solidario de Salud, en adición a sus funciones de Asesor de Jefatura del SIS; Con el visto bueno del Secretario General (e), del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el CPC Henry Miguel Maquera Colque, al cargo de Asesor de Jefatura del Seguro Integral de Salud y a la designación temporal de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 ­ Fondo Intangible Solidario de Salud, designado mediante Resolución Jefatural Nº 117-2017/SIS, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a la Médico Cirujano Ana Luz Montalvo Chávez en el cargo de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud.

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