Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2017 (16/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 16 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1565907-1

ORDENANZA QUE MODIFICA EL ÍTEM 9º DE LA FICHA Nº 01 Y ÍTEM 20º DE LA FICHA Nº 02 DE LA ORDENANZA Nº 232/MDCH QUE APRUEBA LA ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL O ZONA CENTRO TRADICIONAL DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Modificar el ítem 9º de la Ficha Nº 01 de la Ordenanza Nº 232/MDCH, del 8 de febrero de 2011, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Para la Sub Zona "A", en los retiros municipales se autorizará la construcción de cercos frontales, siempre que estos se integren espacialmente a los espacios urbanos públicos a través de un cerco parcialmente traslucido o con registro o rejas que permitan su integración espacial con la vía pública. Exceptuando de lo afirmado anteriormente, a aquellas edificaciones que se encuentren colindantes con propiedad de terceros que presenten cercos opacos (tanto en el lado derecho como izquierdo), pudiendo optar por presentar un diseño de la misma tipología, debidamente sustentado en el proyecto de licencia de edificación presentado a la Municipalidad." Artículo Segundo.- Modificar el ítem 20º de la Ficha Nº 02 de la Ordenanza Nº 232/MDCH, del 8 de febrero de 2011, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Para la Sub Zona "B", en los retiros municipales se autorizará la construcción de cercos frontales, siempre que estos se integren espacialmente a los espacios urbanos públicos a través de un cerco parcialmente traslucido o con registro o rejas que permitan su integración espacial con la vía pública. Exceptuando de lo afirmado anteriormente, a aquellas edificaciones que se encuentren colindantes con propiedad de terceros que presenten cercos opacos (tanto en el lado derecho como izquierdo), pudiendo optar por presentar un diseño de la misma tipología, debidamente sustentado en el proyecto de licencia de edificación presentado a la Municipalidad." Artículo Tercero.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Subgerencia de Tecnología de la Información de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional, conforme prescribe el artículo 13º de la Directiva Nº 001-2017PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 035-2017-PCM. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1565342-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Modifican el ítem 9º de la Ficha Nº 01 y ítem 20º de la Ficha Nº 02 de la Ordenanza Nº 232/MDCH, que aprobó la Zona de Reglamentación Especial o Zona Centro Tradicional del distrito de Chaclacayo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 384-MDCH Chaclacayo, 31 de agosto de 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CHACLACAYO, en sesión de la fecha; y, VISTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de agosto de 2017, el Informe Nº 0097-2017-SGPUCHE/MDCH, de la Subgerencia de Planificación Urbana, Catastro, Habilitación y Edificaciones; y el Informe Legal Nº 1732017-GAJ/MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 232/MDCH, del 8 de febrero del 2011, se aprobó la zona de reglamentación especial o zona centro tradicional del distrito de Chaclacayo, a través del cual se establece que dicha zona estará subdividida en dos sub zonas con características diferentes: Sub Zona "A" y Sub Zona "B", respectivamente. Que, mediante Informe Nº 0097-2017-SGPUCHE/ MDCH, del 25 de julio de 2017, la Subgerencia de Planificación Urbana, Catastro, Habilitación y Edificaciones, propone la modificación del ítem 9 de la Ficha Nº 01; asimismo, propone complementar el ítem 20 de la Ficha Nº 02 de la Ordenanza Nº 232/MDCH; por cuanto, las disposiciones de los indicados ítems contravienen lo estipulado en el artículo 3º, capítulo I, Norma A.010, Título III y el artículo 12º, Capítulo II, Norma A.010, Título III del Reglamento Nacional de Edificaciones. Que, estando a lo expuesto al Informe Legal Nº 1732017-GAJ/MDHCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el concejo municipal aprobó por unanimidad la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban proceso de selección para el arrendamiento del módulo o espacio comercial ubicado en el Parque Miguel Grau, por subasta pública
ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-2017/MM Miraflores, 12 de setiembre de 2017

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