NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (27/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de setiembre de 2017 / El Peruano Artículo 3º.- Modifíquese el artículo 48º de la Ordenanza Nº 1854, Ordenanza metropolitana para promover, impulsar y regular el reciclaje de los residuos sólidos en la provincia de Lima, de acuerdo al siguiente texto y cuadro: “Artículo 48º.- Tipi fi cación, Infracciones y Sanciones Modifíquese e incorpórese a la Ordenanza Nº 984-MML y modi fi catorias – Ordenanza que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Anexo I: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo referido a la LÍNEA DE ACCIÓN 07: CONTAMINACIÓN AMBIENTAL – MEDIO AMBIENTE, NUMERAL 7.1 GENERACIÓN, ALMACENAMIENTO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA DE RESIDUOS SÓLIDOS, las infracciones y sanciones administrativas contenidas en el Anexo 01.” Código InfracciónProcedimiento PrevioEscalaMonto de la Multa (UIT)Medida Complementaria 07-0154Recicladores que recolecten o transporten residuos sólidos reciclables, sin el carné de identi fi cación otorgada por la Municipalidad de la jurisdicción. Descargo L 0.05 Ejecución 07-0155Recicladores que realicen labores de recolección o transporte de residuos sólidos, sin el uniforme de identi fi cación o sin el equipo de protección personal. Descargo L 0.05 07-0156Dañar bolsas u otro recipiente en las que se almacenan los residuos sólidos. Descargo L 0.10 Paralización 07-0157Malograr, destruir total o parcialmente algún contenedor o mobiliario público destinado para la limpieza pública. Descargo G 1.00 Paralización 07-0158Recicladores que recolecten o transporten residuos sólidos peligrosos. Descargo L 0.20 Decomiso 07-0159Recolectar, transportar o comercializar residuos provenientes del programa de segregación, sin Autorización Municipal. Descargo L 0.20 Decomiso 07-0160Permitir el ejercicio de labores de recolección selectiva de residuos sólidos, por menores de edad. DescargoG 1.00 07-0161Recolectar o transportar residuos sólidos reciclables, fuera de las rutas asignadas. Descargo L 0.10 07-0162Presentar documentación falsa en la inscripción del Registro Municipal de Organizaciones de Recicladores.Descargo G 1.00 07-0163Transferir el carné a otra persona, para que realice labores de recolección, transporte o comercialización de residuos sólidos. Descargo L 0.20 Artículo 4º.- Modifíquese en el artículo 32º de la Ordenanza Nº 1855, Ordenanza que establece el régimen municipal de protección animal en la provincia de Lima, de acuerdo al siguiente texto y cuadro: “Artículo 32º.- Tipi fi cación, Infracciones y Sanciones Modifíquese e incorpórese a la Ordenanza Nº 984-MML y modi fi catorias – Ordenanza que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Anexo I: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo referido a la LÍNEA DE ACCIÓN 02: SALUD Y SALUBRIDAD NUMERAL 2.8 ANIMALES DOMÉSTICOS Y/O SILVESTRES, las infracciones y sanciones administrativas contenidas en la presente Ordenanza. Código InfracciónProcedimiento PrevioEscalaMonto de la Multa (UIT)Medida Complementaria 02-0801No inscribir al animal en el registro municipal correspondiente o no actualizar los datos en el registro.Descargo L 0.05 02-0802No tener autorización municipal de tenencia de canes peligrosos o potencialmente peligrosos.Descargo M 0.50 02-0803Comercializar animales domésticos en áreas de uso público o locales o ambientes no autorizados.Descargo G 1.00 02-0804Vulnerar derechos de los animales (no dar alimentos, maltratarlos, mantenerlos encadenados, atados, desaseados u otros vejámenes). Descargo G 1.00 02-0805Tener animales que perturben a los vecinos (malos olores, ruidos excesivos, fi ltraciones y parásitos).Descargo G 1.00 02-0806Criar canes excediendo el número permitido para edi fi cios de departamentos de acuerdo con el Reglamento Interno.Descargo M 0.50