NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (27/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 29
29 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de setiembre de 2017 El Peruano / Código InfracciónProcedimiento PrevioEscalaMonto de la Multa (UIT)Medida Complementaria 02-0807 Causar actos de violencia contra los animales. Descargo G 1.00 02-0808Por adiestrar o entrenar animales para peleas o acrecentar su agresividad.Descargo G 1.00 Clausura De fi nitiva 02-0809Organizar, promover, difundir o participar en peleas de canes.Descargo MG 2.00 02-0810No recoger los excrementos que deja el can en la vía pública.Descargo L 0.10 02-0811No prestar auxilio inmediato y abandonar a la víctima del can agresor.Descargo G 1.00 02-0812No asumir los gastos que demande el tratamiento de la víctima del can agresor, hasta su recuperación total, o por evadir la responsabilidad generada por los daños que ocasiona el animal a otros animales o a la propiedad privada. Descargo G 1.00 02-0813Permitir el ingreso de animales a áreas de preparación, manipulación o comercio de alimentos. Descargo M 0.50 02-0814 Arrojar animales muertos en la vía pública. Descargo G 1.00 02-0815Por no inscribir al animal potencialmente peligroso en el Registro Municipal respectivo.Descargo M 0.50 02-0816Utilizar el animal como instrumento de asalto, agresión o amenaza contra personas y animales. Descargo G 1.00 02-0817No mantener los establecimientos de albergue, crianza, reproducción, adiestramiento, exhibición, venta de canes y a los animales en condiciones higiénico sanitarias adecuadas.Descargo G 1.00 02-0818No llevar un adecuado control sanitario del animal, avalado por un médico veterinario.Descargo L 0.10 02-0819Transportar animales en forma inadecuada. Aplicable separadamente a propietaria o poseedor y a transportista.Descargo L 0.10 02-0820Dejar suelto al animal en lugares públicos, sin supervisión y sin estar provisto de correa o collar de sujeción o bozal en caso que sea peligroso.Descargo G 1.00 02-0821Ingresar con animales considerados peligrosos a locales de espectáculos públicos, deportivos, culturales o cualquier otro en donde haya asistencia masiva de personas, con excepción de los canes guías de personas con discapacidad y aquellos que estén al servicio de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas o Serenazgo.Descargo M 0.50 02-0822No entregar de forma oportuna, a la Subgerencia de Sanidad y Promoción de la Salud, la información solicitada sobre las actividades que desarrolle el establecimiento.Descargo L 0.25 02-0823 Torturar animales y causarles la muerte. Descargo MG 4.00 Artículo 5º.- Modifíquese la Quinta Disposición Final y Complementaria y Anexo de la Ordenanza Nº 1862, Ordenanza que regula el proceso de plani fi cación del desarrollo territorial-urbano del área metropolitana de Lima, de acuerdo al siguiente texto y cuadro: “Quinta.- Tipi fi cación, Infracciones y Sanciones Incorpórese a la Ordenanza Nº 984-MML y modi fi catorias – Ordenanza que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Anexo I: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo referido a la LÍNEA DE ACCIÓN 08: URBANISMO, NUMERAL 8.6 PLANEAMIENTO URBANO, las infracciones y sanciones administrativas contenidas en el Anexo Nº1.” ANEXO Nº 01 “LÍNEA DE ACCIÓN 08: URBANISMO (...)8.6. PLANEAMIENTO URBANO Código InfracciónProcedimiento PrevioEscalaMonto de la Multa (UIT)Medida Complementaria 08-0601Ocupar o permitir la ocupación de predios para el desarrollo de usos distintos a los permitidos por la zoni fi cación metropolitana. (*)Descargo MG4.00 (Multa por cada área menor o igual a una hectárea)Clausura por treinta (30) días, Retiro, Paralización y/o Demolición