Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2017 (30/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de setiembre de 2017 /

El Peruano

documentación adjunta al Oficio Nº 0194-2017-MDS/A. Además, el 28 de agosto de 2017, remitió el comprobante de pago de la tasa correspondiente al presente caso, y, previo requerimiento de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el 6 de setiembre de 2017, envió la copia certificada del cargo de notificación del acuerdo de concejo que aprobó la vacancia del citado regidor (fojas 53). De autos, también se verifica que mediante el Acuerdo de Concejo Nº 018-2017-MDS/CM (fojas 2 y 3), del 7 de julio de 2017, se declaró consentido el acuerdo que determinó la vacancia de Cristian Toribio Valdivia Rosales, al no haberse presentado ningún recurso impugnatorio CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Antes de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y las garantías inherentes al debido procedimiento. 3. De la revisión de los documentos presentados, se advierte que el regidor Cristian Toribio Valdivia Rosales no asistió a las sesiones ordinarias, de fechas 24, 29 de marzo, y 5 de abril de 2017 (fojas 37 y 38, 30, 27 a 29, respectivamente). Es así que, en la sesión extraordinaria, del 30 de mayo de 2017, el concejo distrital declaró su vacancia, debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Asimismo, determinó que no cumplió con lo establecido en el numeral 4 del artículo 22 de la LOM, al ausentarse de la jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo, en virtud del instrumental, que obra a fojas 25, sobre movimiento migratorio del regidor cuestionado. 4. La decisión del concejo distrital se notificó a la autoridad afectada el 5 de junio de 2017 (fojas 53), sin que el regidor presentara ningún recurso impugnatorio contra el referido acuerdo de concejo. 5. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Silvia Rojas Jacinto, identificada con DNI Nº 46546721, candidata no proclamada de la organización política Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco, a fin de completar el número de regidores del Concejo Distrital de Singa, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco. 6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 28 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huamalíes, con motivo de las Elecciones Municipales 2014. Por lo tanto, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Cristian Toribio Valdivia Rosales como regidor de la Municipalidad Distrital de Singa, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, emitida con motivo de las Elecciones Municipales 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Silvia Rojas Jacinto, identificada con DNI Nº 46546721, a fin de que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Singa, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, y complete así el periodo de gobierno municipal

2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1571044-2

Declaran nulos actos de notificación de Acuerdo de Concejo que aprobó la vacancia de regidores de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN Nº 0352-A-2017-JNE Expediente Nº J-2017-00284-C01 JOSÉ LEONARDO ORTIZ - CHICLAYOLAMBAYEQUE VACANCIA - ACREDITACIÓN Lima, dieciocho de setiembre de dos mil diecisiete VISTOS los Oficios Nº 020-2017-MDJLO/SG y Nº 019-2017-MDJLO/GM, presentados por Frank Ruiz Hu, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, que remite el Acuerdo de Concejo Nº 014-2017-MDJLO que dispone declarar la vacancia de los regidores Hever Rubén Flores Arcila y Billy Zuñe Serquen, así como el original de la notificación dirigida a los regidores cuestionados, y demás documentos relacionados al procedimiento de vacancia. ANTECEDENTES Mediante el Oficio Nº 020-2017-MDJLO/SG (fojas 2), el gerente municipal de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, remitió el Acuerdo de Concejo Nº 014-2017-MDJLO, que dispone declarar la vacancia de los regidores Hever Rubén Flores Arcila y Billy Zuñe Serquen; así como el original de la notificación dirigida a los regidores cuestionados, y demás documentos relacionados al procedimiento de vacancia. Posteriormente, mediante Oficio Nº 01920-2017SG/JNE (fojas 24), se solicitó al gerente municipal de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz la remisión, en original o copia certificada, de los cargos de notificación a la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 28 de febrero de 2017, y la notificación del Acuerdo de Concejo Nº 014-2017-MDJLO, de fecha 1 de marzo de 2017 dirigida a todos los miembros del concejo municipal. Al respecto, a través del Oficio Nº 019-2017-MDJLO/ GM (fojas 35), recibido el 11 de setiembre de 2017, el gerente municipal de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz remite copia simple de la información solicitada y el Informe Nº 024-2017-MDJLO/SG sobre las inasistencias de los regidores en cuestión a las sesiones de concejo municipal. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara

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