Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2018 (10/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 10 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
VISTA:

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Modifican la Res. SBS N° 1876-2018, en lo referente a dirección de oficinas especiales de Financiera Oh S.A., ubicadas en los departamentos de Cusco y Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 2917-2018 Lima, 26 de julio de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera Oh S.A., para que esta Superintendencia rectifique la Resolución SBS Nº 1876-2018 del 08 de mayo de 2018, que autorizó el cierre de dos (02) Oficinas Especiales denominadas Finantiendas, de modo tal que se modifique la dirección consignada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la rectificación; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, por la Resolución SBS Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Modificar la Resolución SBS Nº 1876-2018, en lo referente a la dirección consignada y proceder con el cierre de las mismas, tal como se detalla a continuación:
Dirección Finantienda Plaza Vea Cusco II: Prolongación Av. La Cultura Nº 2620, distrito de San Jerónimo, provincia y Dice: departamento de Cusco. (Resolución SBS Nº Finantienda Plaza Vea Sullana: Av. Zona Industrial Mu1876-2018) nicipal Nº 2, Mz. E, Lt. 01 y 02 (C.C. Real Plaza), distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Debe decir: Finantienda Plaza Vea Cusco II: Calle Versalles del Carmen, Lote 4, distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco. Finantienda Plaza Vea Sullana: Calle la Mar Nº 154, distrito y provincia de Sullana y departamento de Piura.

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 9028-2011 del 12.08.2011, se autorizó la apertura de la mencionada agencia; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de una agencia, de la Av. Circunvalación Nº 215, Z - Este, Urbanización Villa Hermosa del Misti, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, a su nuevo local en el Sub-Lote B, ubicado en la Av. Circunvalación Zona Norte Nº 109, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno y el Sublote A, ubicado en el Jr. Cahuide Nº 1197 y 1199 esquina Av. Circunvalación Nº 101, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1679087-1

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. la apertura de oficina especial temporal en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 2954-2018 Lima, 31 de julio de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "XXV Feria Internacional Arequipa" a realizarse del 09 al 19 de agosto de 2018 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicado en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Oficina Especial Temporal solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1679083-1

Autorizan a Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Puno
RESOLUCIÓN SBS Nº 2953-2018 Lima, 31 de julio de 2018

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