Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2018 (12/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Domingo 12 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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caso de ser persona jurídica, o indicación expresa de la negativa de recepción o firma en el caso que se produjera. Podrá utilizarse el Acta con fines de Papeleta de Infracción Municipal." Artículo 5º.- RATIFICAR lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 232-MDL, Nº 233-MDL y Nº 260-MDL modificada con Ordenanza Nº264-MDL, en todo lo demás que la contienen. Artículo 6º.- VIGENCIA, La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 7º.- ENCARGAR, a la Secretaria General la difusión y publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 8º.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica publique en el Portal Institucional la presente norma (www.munichosica.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1679591-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Conforman el Consejo Municipal del Libro y la Lectura, para el periodo 2018-2019
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1020-2018-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 31 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: Los Informes Nº 099-2018-SGECDJ-GDS/MDSJL de fecha 12 de julio de 2018, Nº 0024-2018-GDS/MDSJL de 26 de julio de 2018, Nº 271-2018-GAJ/MDSJL de 30 de julio de 2018, de la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, Gerencia de Desarrollo Social, y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre reconformación del Consejo Municipal del Libro y la Lectura; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 11 del artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación "organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados"; Que, el numeral 19 del artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación "promover actividades culturales diversas"; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, en su artículo 16º "Comisiones consultivas regionales y locales", promueve la formación de comisiones consultivas regionales y locales de democratización del libro y fomento de la lectura; Que, la Ordenanza Municipal Nº 306 de fecha 21 de noviembre de 2015, publicada el 26 del mismo mes y año, en el diario oficial El Peruano, aprobó el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, para el periodo 2016-2021, y se estableció en su Artículo Tercero, la conformación, el funcionamiento y las funciones del consejo municipal del libro y la lectura, aspectos que fueron detallados en su Reglamento Interno aprobado mediante Ordenanza Nº 319 de fecha 31 de

marzo de 2016, publicada 23 de abril del mismo año, en el diario oficial El Peruano, el cual estableció en su artículo 8º que los miembros del CMLL son reconocidos por un periodo de dos (02) años. Cumplido este periodo, el CMLL debe ser renovado en su conformación; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1105-2015A/MDSJL de fecha 18 de abril de 2015, y modificatorias mediante resoluciones Nº 1156 - 2015-A/MDSJL de fecha 28 de diciembre de 2015 y Nº 004-2016-A/MDSJL de fecha 06 de enero de 2016, se conformó el consejo municipal del libro y de la lectura, para el periodo 20162017, el cual a la fecha se encuentra vencido, justificando la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, y la Gerencia de Desarrollo Social, según los informes citados en el visto una nueva conformación, a fin de lograr el objetivo que requiere esta actividad para la Meta 27, del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2018; por lo que contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 271-2018-GAJ/ MDSJL de fecha 30 de julio de 2018, corresponde formalizar el Consejo Municipal del Libro y la Lectura para el periodo 2018-2019, de la municipalidad de San Juan de Lurigancho, con los integrantes elegidos conforme al Acta de Acuerdo de fecha 28 de junio de 2018; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el Consejo Municipal del Libro y la Lectura, para el periodo 20182019, el cual estará integrado de la siguiente manera: 1. Alcalde distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señor Juan Valentín Navarro Jiménez, quien lo preside. 2. Un secretario técnico, quien es el Sub Gerente de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes con derecho a voz, pero no a voto. 3. Un (a) bibliotecario (a) y/o responsable de la Biblioteca Municipal Ciro Alegría, o quien haga sus veces. 4. Un (a) promotor (a) de la lectura de la municipalidad de San Juan de Lurigancho. 5. Nueve (9) agentes del libro y la lectura del distrito, según detalle: - Un representante de las juntas vecinales - Un representante de los mediadores de lectura - Un representante de lectores - Un representante de docentes - Un representante de autores - Un representante de bibliotecas comunales - Un representante de organizaciones y colectivos culturales - Un representante de lenguas originarias - Un representante de los editores - Dos representantes de instituciones públicas, por acuerdo de los integrantes del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes y las instituciones seleccionadas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes la coordinación del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, así como realizar las acciones necesarias para garantizar su trabajo. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente Resolución a todos los integrantes del Consejo Municipal del Libro y la Lectura que se conforma, y a los órganos de línea y/o oficinas competentes en la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura del Distrito de San Juan de Lurigancho. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1679772-1

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