Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2018 (12/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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Nº Apellidos y Nombres Fechas de viáticos nacionales

NORMAS LEGALES
Viáticos internaSeguro de cionales, Pasajes aéreos viaje interna19 al 25 de internacionales cional agosto de 2018 $ 2016.00 $ 1118.00 $ 32.00

Domingo 12 de agosto de 2018 /

El Peruano

VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la LXXXVI Sesión de la Junta Directiva, que se llevará a cabo los días 15 y 16 de agosto de 2018 en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), su participación en las actividades convocadas por la citada Asociación le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema financiero en la región; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de la SBS, se ha considerado conveniente autorizar la participación del señor Oscar Antonio Basso Winffel, Superintendente Adjunto de Asuntos Internacionales y Comunicaciones, en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución SBS N° 1975-2018, ha aprobado medidas adicionales de austeridad para el ejercicio 2018, estableciéndose en el Artículo Primero, entre ellas, reducir en un diez por ciento (10%) el presupuesto total para el período mayo - diciembre del año 2018, de la partida Pasajes y viáticos; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018 y la Resolución SBS N° 1975-2018 sobre Medidas Adicionales de Austeridad para el Ejercicio 2018, que incorporan lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE:

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18 y 26 de Janampa Oscáteagosto de gui, Kelinda 2018 Camargo Durán, Jorge Arpasi Manrique, Omar Rolfi 18 y 26 de agosto de 2018 18 y 26 de agosto de 2018 18 y 26 de agosto de 2018 18 y 26 de agosto de 2018 18 y 26 de agosto de 2018 18 y 26 de agosto de 2018

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$ 2016.00

$ 1118.00

$ 32.00

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$ 2016.00

$ 1118.00

$ 32.00

Bellido Lizarbe, 7 Yoel 8 Yampara Apaza, Ricardo Fuentes Tamayo, Lincoln Aldana Tello, Elvira Rosa

$ 2016.00

$ 1118.00

$ 32.00

$ 2016.00

$ 1118.00

$ 32.00

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$ 2016.00

$ 1118.00

$ 32.00

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$ 2016.00

$ 1118.00

$ 32.00

Artículo Séptimo.- DISPONER que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de concluida la participación internacional, los señores fiscales autorizados en el artículo segundo de la presente resolución deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe detallado que describa las actividades realizadas y los resultados obtenidos en la capacitación. Artículo Octavo.- DISPONER que los señores fiscales autorizados en la presente resolución, deberá promover la realización de actividades de capacitación vinculadas al objeto materia de su participación internacional, que permitan transmitir sus conocimientos adquiridos a los integrantes del Ministerio Público, bajo la supervisión de la Escuela del Ministerio Público. Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Escuela del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel", Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Ayacucho, Apurímac, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Norte y Ucayali, Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Gerencia General, Gerencia Central de Finanzas, Gerencia Central de Logística, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal de la Nación 1679847-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionario de la SBS a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 3014-2018 Lima, 8 de agosto de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Oscar Antonio Basso Winffel, Superintendente Adjunto de Asuntos Internacionales y Comunicaciones de la SBS, del 14 al 17 de agosto de 2018 a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

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