Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2018 (22/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de agosto de 2018 /

El Peruano

2017, respecto de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de infraestructura y servicios de transportes administrados por dicha Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley; Que, por Memorándum N° 1062-2017-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes, remite a la Oficina General de Administración, el Informe Técnico de Valuación con Código PM1G-AERTRU-PR 004 del 27 de febrero de 2017, en el que se determina el valor de la tasación correspondiente al inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto "Capitán FAP Carlos Martinez Pinillos", ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, en adelante, la Obra; Que, con Memorándum N° 0880-2018-MTC/10.05, la Oficina de Patrimonio de la Oficina General de Administración, remite el Informe N° 033-2018-MTC/10.05ECN-JAMLL, que cuenta con la conformidad de la referida Oficina, a través del cual se señala, con relación al inmueble detallado en el considerando precedente, que: i) ha identificado al Sujeto Pasivo y el inmueble afectado por la Obra, ii) el Sujeto Pasivo tiene su derecho de propiedad inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, iii) ha determinado el valor total de la Tasación, iv) el Sujeto Pasivo ha aceptado la oferta de adquisición, por lo que considera técnica y legalmente viable emitir la resolución ministerial que apruebe el valor total de la Tasación y el pago correspondiente y v) considerando que el pago se realizara a través del fondo de un Fideicomiso es necesario se considere el plazo máximo de sesenta (60) días para gestionar la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y realizar el pago del valor total de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo, asimismo, adjunta el Certificado de Búsqueda Catastral y el Certificado Registral Inmobiliario, expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Presupuestal para la adquisición del predio afectado, contenida en el Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000004471 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el valor total de la Tasación ascendente a S/ 2 673,100.00, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto "Capitán FAP Carlos Martinez Pinillos", ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Administración, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de la Tasación a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue el inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse el inmueble libre o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Oficina General de Administración remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite

el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble, los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor Total de la Tasación correspondiente al inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto "Capitán FAP Carlos Martinez Pinillos", ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.
INCENTIVO VALOR VALOR DEL DEL 20% VALOR COMERCIAL PERJUICIO DEL VALOR TOTAL DE LA DEL INMUEBLE ECONÓMICO COMERCIAL TASACIÓN (VCI) (S/) DEL INMUEBLE (S/) (S/) (S/) 2 225,250.00 2,800.00 445,050.00 2 673,100.00



CÓDIGO

1

PM1G-AERTRUPR 004

1682835-1

Modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado por R.S. N° 0222002-MTC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 651-2018-MTC/01.03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE MODIFICA EL NUMERAL 2 Y LOS INCISOS 3.5.1 Y 3.5.4 DEL PUNTO 3.5 DEL NUMERAL 3 DEL PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN, APROBADO POR RESOLUCIÓN SUPREMA N° 022-2002-MTC Lima, 20 de agosto de 2018 VISTO: El Informe N° 365-2018-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado mediante Resolución Suprema N° 0222002-MTC, en adelante Plan Técnico, establece las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración y define las estructuras de numeración para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, el inciso 2.10.1 del Plan Técnico establece que los Servicios Especiales Básicos son facilidades que brindan los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones a la comunidad, que tienen por finalidad salvaguardar los bienes y la vida de las personas, así como permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio; asimismo, en el inciso 3.5.1 del Plan Técnico se

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