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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (09/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Domingo 9 de diciembre de 2018 / El Peruano de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 188, 189, 190, 191, y 192 -2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Fondo MIPYME; del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad; del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC; y, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, respectivamente; indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 109-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 38/100 SOLES (S/ 2 238 739.38) correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios – RO, 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito - ROOC, 4. Donaciones y Transferencias – DyT, y 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 561 558.75; S/ 255 691.95; S/ 340 123.57; S/1 081 365.11, respectivamente; todos con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM: i) 26 Proyectos Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; ii) 02 Proyectos de Innovación Productiva para Empresas Individuales – PIPEI; iii) 05 Proyectos de Innovación para Microempresas – PIMEN; y, iv) 04 Proyectos de Validación y Empaquetamiento de Innovaciones - PVE; b) Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad”: : i) 01 Proyecto de Emprendimiento Dinámico y de Alto Impacto – EDAI; ii) 01 Proyecto de Emprendedores Innovadores – EI; y iii) 02 Proyectos Reto Perú Resiliente EI – RPREI; c) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional: : i) 02 Proyectos de Innovación Empresarial, Categoría 1. Individual – PIEC1; y ii) 03 Proyectos de Misiones Tecnológicas - MT; d) Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC: i) 01 Proyecto de Fortalecimiento de Incubadoras y Negocios y Entidades Afi nes – Incubadoras y Aceleradoras de Negocios – IAN; ii) 03 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores – EIN; iii) 01 Proyecto de Capital Semilla para Emprendedores Dinámicos – EDI; y, iv) 07 Proyecto de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores, Reto BIO – EINBIO; y, e) Fondo MIPYME: : i) 01 Proyecto del Programa Desarrollo de Proveedores - Categoría 2 – PDP C2; y, ii) 01 proyecto del Programa de Apoyo a Clúster - PAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 063-2018-PRODUCE y 282-2018-PRODUCE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 38/100 SOLES (S/ 2 238 739.38) correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios – RO, 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito - ROOC, 4. Donaciones y Transferencias – DyT, y 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 561 558.75; S/ 255 691.95; S/ 340 123.57; S/1 081 365.11, respectivamente; destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Fondo MIPYME; del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad; del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC; y, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO MESÍAS CHANGA Coordinador EjecutivoPrograma Nacional de Innovación parala Competitividad y Productividad 1721528-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el valor total de la Tasación de inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto “Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias”, ubicado en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 981-2018 MTC/01.02 Lima, 6 de diciembre de 2018VISTO: El Memorándum N° 1549-2018-MTC/10.05 del 27 de noviembre de 2018, de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo;