Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2018 (09/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 9 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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que apruebe la ejecución de la expropiación del inmueble y el valor de la Tasación, asimismo, adjunta el Certificado de Búsqueda Catastral, el Certificado Registral Inmobiliario y la disponibilidad presupuestal de la Oficina de Programación, Evaluación e Información (actualmente Oficina de Planeamiento y Presupuesto) de PROVIAS NACIONAL, para la expropiación del área del predio afectado, contenida en el Informe N° 3975-2018-MTC/20.4; Que, con Informe N° 2785-2018-MTC/20.3 la Oficina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL concluye que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Subdirección de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles Afectados para la Ejecución de Diversas Obras de Infraestructura, el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta Otras Medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra Tramo N° 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Inambari Azángaro) y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 12,780.00, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral

3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: TRAMO N° 4 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (INAMBARI-AZÁNGARO). Valor de la Sujeto activo / Sujeto Identificación del inmueble tasación Nº Beneficiario pasivo (S/) CODIGO: T4-TANTAMAYO-009 Área afectada: 1,065.00 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONAL Norte: Con la UC 000118, de 1 tramo: A-B: 8.04 m. Sur: Con la UC 000120, de 1 tramo: D-E:1.72 m. Este: Con la Carretera Inambari - Azángaro, de 2 tramos: B-C: 179.26 m y EFRAIN C-D:83.17 m. VASQUEZ Oeste: Con área remanente, de 6 tramos: E-F con 1.10 m; F-G con 41.78 m; TEVES G-H con 40.13 m; H-I con 42.96 m; I-J con 41.78 m; y J-A con 94.11 m.

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Partida Electrónica: 11044647 de la Oficina Registral de Juliaca, Zona Registral XIII- Sede Tacna. Certificado de Búsqueda Catastral: Expedido el 02.05.2018 (Informe Técnico N° 2309-2018-Z.R.N.XIII/OC-OR-JULIACA-R) por la Oficina Registral de Juliaca de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. Certificado Registral Inmobiliario: Expedido el 08.11.2018 por la Oficina Registral de Juliaca, Zona Registral N° XIII- Sede Tacna.

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE WGS 84 Distancia VérLado (ml) tice Este (X) Norte (Y) A A-B 8.04 347376.8208 8511532.1270 B B-C 179.26 347384.3486 8511529.2967 C C-D 83.17 347370.6186 8511350.5673 D D-E 1.72 347327.2443 8511279.6009 E E-F 1.1 347325.7726 8511280.4968 F F-G 41.78 347326.3831 8511281.4077 G G-H 40.13 347347.0900 8511317.6933 H H-I 42.96 347363.8047 8511354.1809 I I-J 41.78 347371.7017 8511396.4139 J J-A 94.11 347375.3512 8511438.0324

12 780.00

1721526-1

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