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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 148

148 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú, siendo que a través de su artículo 10 dispone que “(…) los fondos públicos se orientan a la atención de los gastos que genere el cumplimiento de sus fi nes, independientemente de la fuente de fi nanciamiento de donde provengan. (…)”; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud – SIS a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, en el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley se señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe favorable de la o fi cina de presupuesto o quien haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe la entidad requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables; Que, en concordancia con ello, el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2014-SA y modi fi cado por Decretos Supremos N° 012-2017-SA y N° 025-2018-SA, prescribe que el SIS: “(…) suscribe convenios con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados (…)”; Que, mediante el Informe N° 046-2018-SIS/GNF- SGGS/EAVR, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF propone la programación de las transferencias fi nancieras por el importe de S/ 9 892 801.00 (Nueve millones ochocientos noventa y dos mil ochocientos uno y 00/100 Soles) en el marco de los «Convenios para el Financiamiento de Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención», suscritos con los Gobiernos Regionales, por el concepto de “tramo variable” a las Unidades Ejecutoras de los 17 Gobiernos Regionales; Que, mediante Informe N° 049-2018-SIS/OGPPDO- DADZ, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 1483-2018, por el importe de S/ 9 892 801.00 (Nueve millones ochocientos noventa y dos mil ochocientos uno y 00/100 Soles), para las transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento de los servicios o prestaciones de salud en el Primer Nivel de Atención suscritos entre el SIS y los 17 Gobiernos Regionales; Que, mediante Informe N° 118-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA, la Gerencia de Negocios y Financiamiento conforme a las cláusulas establecidas en los «Convenios para el Financiamiento de Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención», procedió a realizar el cálculo de los importes a transferir a las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales, concluyendo que es viable efectuar las transferencias fi nancieras por el concepto de “tramo variable” a las Unidades Ejecutoras de los 17 Gobiernos Regionales, por el importe de S/ 9 892 801.00 (Nueve millones ochocientos noventa y dos mil ochocientos uno y 00/100 Soles); Que, mediante Informe N° 658-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 958-2018-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras los Gobiernos Regionales para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS por el concepto de “tramo variable”; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en los numerales 15.1 y 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 9 892 801.00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS UN Y 00/100 SOLES), con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios a favor de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales para fi nanciar las prestaciones de salud en el marco de los «Convenios Para el Financiamiento de Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención» por el concepto de “tramo variable”, de acuerdo al Anexo “Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Diciembre 2018”, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Precisar que los recursos a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural corresponden al fi nanciamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS por el concepto de “tramo variable” correspondiente al Calendario diciembre 2018 y no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1724721-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Aceptan renuncia de Miembro del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Transporte y Telecomunicaciones - PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES CONSEJO DIRECTIVO SESIÓN N° 70 DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2018 ACUERDO CD PROINVERSIÓN N° 70-1-2018-CD Visto el Memorándum N° 624-2018-DE, el Informe Legal Nº 425-2018/OAJ y la Carta de Renuncia del señor Robert James McDonald Zapff, se acuerda: 1. Aceptar la renuncia presentada por el señor Robert James McDonald Zapff, como Miembro del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Transporte y Telecomunicaciones – PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, dándosele las gracias por los servicios prestados. 2. Publicar el presente acuerdo en el diario O fi cial “El Peruano”. Comunicar el presente acuerdo al Comité de