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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano ANEXOS “A” ZONAS DE FONDEADERO DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE MOLLENDO. “B” ZONAS DE FONDEADERO DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE ILO. “C” ZONAS DE FONDEADERO DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUNO. “D” ZONAS DE FONDEADERO DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE PUERTO MALDONADO. 1726734-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia de Asesor II - Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Hacienda RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 442-2018-EF/43 Lima, 26 de diciembre de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2018- EF/10, se designó a la señorita Anggella María Bocanegra Calderón, en el cargo de Asesor II – Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Hacienda, Categoría F-5, del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la señorita Anggella María Bocanegra Calderón ha presentado su renuncia al referido cargo, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único. Aceptar la renuncia presentada por la señorita Anggella María Bocanegra Calderón, al cargo de Asesor II – Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Hacienda, Categoría F-5, del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de enero de 2019, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1726731-1 Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de noviembre de 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2018-EF/50 Lima, 28 de diciembre de 2018CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización;Que, de acuerdo al párrafo 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 28258, la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el párrafo 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 28258 establece que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el párrafo 16.5 del artículo 16 del Reglamento de la Ley Nº 28258, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 157-2004-EF, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial; Que, el literal b) del párrafo 15.5 del artículo 15 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, mediante O fi cio N° 029-2018-INEI/DTDIS; por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el O fi cio N° 272-2018-SUNAT/7B0000; y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, mediante los O fi cios N° 1027-2017-SUNEDU/02 y N° 089-2018-SUNEDU-03, en este último caso, en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera del mes de noviembre de 2018; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de noviembre de 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, y el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28258; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de noviembre de 2018, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales bene fi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de noviembre 2018 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en este último caso, en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF. Artículo 3.- La Resolución Ministerial se publica en el Diario O fi cial El Peruano y su respectivo Anexo en el