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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / estos montos de fi nanciamiento se trans fi eren en dos oportunidades, durante el presente Año Fiscal y conforme a las formalidades previstas en la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, en cumplimiento de la Cláusula citada en el considerando precedente, mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 517, 498, 491, 494, 492, 495 y 493-2018-MINEDU se autorizaron las transferencias fi nancieras a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto y Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, respectivamente, para fi nanciar la Primera Transferencia en el marco de los Convenios antes señalados, para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018, correspondiente al 80% de los montos totales de los citados Convenios; Que, respecto a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se suscribieron dos (02) Adendas al Convenio N° 280-2018-MINEDU. La Adenda N° 001 tuvo por objeto modi fi car las Cláusulas Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Octava del mismo, en el sentido actualizar la base normativa aplicable al convenio, ampliar la cantidad de Unidades de Gestión Educativa Local contempladas en el referido Convenio, el compromiso de las partes en cuanto al contenido de sus anexos A,B y C, aumento de metas y ámbito de atención del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018 y el plazo de vigencia; y, la Adenda N° 02 tuvo por objeto modi fi car el literal b) de la Cláusula Sexta – Financiamiento y Rendición de Cuentas, a fi n de reajustar el monto de la segunda transferencia pendiente en virtud de la reducción de metas y proyección de gastos a diciembre de 2018 remitido por la acotada Universidad, así como, el Anexo A “Términos de Referencia y sus Anexos”, respecto del numeral 1.5 – Duración del Convenio, relacionado al plazo de entrega de informes, y el numeral 9 que contiene el Cuadro N° 5 relacionado al plazo de entrega del cuarto y quinto informe de gestión; Que, por otro lado, el MINEDU y la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, la Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto y la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, suscribieron la Adenda Nº 01 a los Convenios N°s 345, 346, 347, 348, 349 y 351-2018-MINEDU, respectivamente, con el objeto de modi fi car la Cláusula Sexta de los citados Convenios referidos al Financiamiento y Rendición de Cuentas, para reajustar el monto de la segunda transferencia pendiente en virtud de la reducción de metas y proyección de gastos a diciembre de 2018 remitido por las mencionadas Universidades, así como para incorporar un último párrafo respecto a la liquidación de los referidos Convenios así como el Anexo A – Términos de Referencia y sus Anexos de los mismos; Que, mediante los Informes N°s 913, 914, 915, 916, 917, 918 y 919-2018-MINEDU/VMGP/DIGEDD-DIFODS, la Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente sustenta y solicita se realice la segunda transferencia fi nanciera pendiente a favor de las mencionadas Universidades, conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta de los Convenios N° 280, 345, 346, 347, 348, 349 y 351-2018-MINEDU, modi fi cados por sus respectivas Adendas; Que, mediante Informe N° 1116-2018-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión favorable a la segunda Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto y Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, hasta por la suma de S/ 2 791 714,45 (DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CATORCE Y 45/100 SOLES) con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 2 791 714,45 (DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CATORCE Y 45/100 SOLES), a favor de siete (07) Pliegos Universidades Públicas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección de Formación Docente en Servicio y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma total de S/ 2 791 714,45 (DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CATORCE Y 45/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de siete (07) Pliegos Universidades Publicas, para fi nanciar la Segunda Transferencia en el marco de los Convenios de Cooperación Interinstitucional N°s 280, 345, 346, 347, 348, 349 y 351-2018-MINEDU, respectivamente, y sus adendas correspondientes, suscritos entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto y Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, respectivamente, para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del nivel de Educación Secundaria a Desarrollarse en el Año Fiscal 2018, de acuerdo al detalle siguiente: PLIEGO CONVENIO N°MONTO 2da TRANSFERENCIA En soles 541: U.N. Toribio Rodríguez de Mendoza de AmazonasConvenio N° 348-2018-MINEDU y Adenda Nº 01354 385,26 539: U.N. Micaela Bastidas de ApurímacConvenio N° 345-2018-MINEDU y Adenda Nº 01155 935,60 516: U.N. San Cristóbal de HuamangaConvenio N° 347-2018-MINEDU y Adenda Nº 01546 152,48 525: U.N. Hermilio ValdizánConvenio N° 351-2018-MINEDU y Adenda Nº 01191 808,02 533: U.N. de San MartínConvenio N° 349-2018-MINEDU y Adenda Nº 01271 131,88 528: U.N. De Educación Enrique Guzmán y ValleConvenio N° 346-2018-MINEDU y Adenda Nº 01436 130,21 510: U.N. Mayor de San MarcosConvenio N°280-2018-MINEDU y Adendas Nos 01 y 02836 171,00 2 791 714,45