TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1727301-1 Autorizan viaje de oficial FAP a los EE.UU. para desempeñarse como Miembro de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1873-2018 DE/FAP Lima, 26 de diciembre de 2018Visto, la Carta NC-19-COFA-EMAI-N° 0890 de fecha 08 de noviembre de 2018 del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y el O fi cio NC-19-EMAI-N° 2068 de fecha 10 de diciembre de 2018 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 184-2018 DE/SG de fecha 29 de noviembre de 2018, se designó al Mayor General FAP LUIS ALBERTO GONZALEZ BUTTGENBACH identi fi cado con NSA O-9496684 y DNI 07869796, para que se desempeñe como Miembro de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), en la ciudad de Washington D.C.–Estados Unidos de América, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 01 de enero de 2019, hasta por un periodo máximo de dos (dos) años; Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID) es una entidad de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que tiene la función de brindar asesoramiento técnico, consultivo y educativo a la propia OEA y a sus Estados Miembros, sobre temas relacionados con asuntos militares y de defensa, para contribuir a la paz y seguridad en las Américas, siendo el Consejo de Delegados el órgano superior de la JID donde se representan los intereses de los treinta y cuatro países miembros de la OEA, y de la cual el Perú es uno de ellos; Que, el Consejo de Delegados es el órgano representativo superior de la JID, establecido cuyas funciones principales son las de: establecer las políticas y objetivos estratégicos de la JID, cumplir con otras tareas que le asignen la Asamblea General de la OEA, la Reunión de Consulta de la OEA o el Consejo Permanente de la OEA, informar anualmente a la Asamblea General de la OEA las actividades de la JID, establecer directrices para acuerdos de cooperación entre la JID y otros organismos regionales y mundiales sobre temas relacionados con asuntos militares y de defensa, aprobar los programas académicos del Colegio Interamericano de Defensa; Que, mediante la Carta NC-19-COFA-EMAI-N° 0890 de fecha 08 de noviembre de 2018, el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, propone al Señor Ministro de Defensa, al Mayor General FAP LUIS ALBERTO GONZALEZ BUTTGENBACH para ser nombrado a la Junta Interamericana de Defensa (JID), como Miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA); Que, mediante el O fi cio NC-19-EMAI-N° 2068 de fecha 10 de diciembre de 2018, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Comisión Especial en el Exterior al Mayor General FAP LUIS ALBERTO GONZALEZ BUTTGENBACH, designado para que se desempeñe como Miembro de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), en la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América, desde el 01 de enero de 2019, hasta por un periodo máximo de dos (02) años; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Asuntos Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú del Ofi cio NC-19-EMAI-N° 2068 de fecha 10 de diciembre de 2018, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior del Mayor General FAP LUIS ALBERTO GONZALEZ BUTTGENBACH, para desempeñarse como Miembro de la Delegación del Perú, ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), en la ciudad de Washington D.C.–Estados Unidos de América, desde el 01 de enero de 2019, hasta por un periodo máximo de dos (02) años, por cuanto, permitirá obtener conocimientos relativos a la representación y consejería en asuntos hemisféricos de defensa y seguridad en un Organismo de alto nivel, desde la perspectiva del ámbito aeroespacial; servir de enlace o fi cial entre la JID y el gobierno; entre la Junta y los Representantes Permanentes ante la OEA; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y los pagos correspondientes al año posterior será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el referido O fi cial FAP realizará el viaje al exterior en compañía de su esposa debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0174 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 11 de diciembre de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes