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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / de las transferencias fi nancieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a la empresa ADINELSA, con la fi nalidad de brindar un servicio de calidad, con fi able y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, el literal c) del artículo 3 del citado Decreto Supremo Nº 033-2015-EM señala que las transferencias fi nancieras a las que se re fi ere dicho Decreto Supremo están destinadas a fi nanciar obras de reforzamiento, ampliación, remodelación o mejoras, dirigidas a la confi abilidad, calidad, sostenibilidad y capacidad de los SER respecto a la infraestructura existente de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE o ADINELSA; asimismo, en concordancia con el artículo 4 del mencionado Decreto Supremo, las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE y ADINELSA deberán presentar la solicitud respectiva a la Dirección General de Electri fi cación Rural adjuntando, entre otros, la identi fi cación del solicitante, incluyendo domicilio legal y partida registral de inscripción, así como, una vigencia de poder del representante legal con una antigüedad no mayor a 30 días calendario; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del citado Decreto Supremo, la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable acerca de la transferencia de recursos previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes; Que, mediante O fi cio Nº G-1310-2018 recibido el 29 de octubre de 2018, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. solicita a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas el fi nanciamiento del proyecto denominado: “Ampliación de Redes Primarias y Secundarias de la localidad de Padrecocha del distrito de Punchana – provincia de Maynas – departamento de Loreto”; Que, mediante Informe Nº 482-2018-MEM/DGER- JEST de fecha 31 de octubre de 2018 adjunto al Memorado Nº 617-2018-MEM/DGER-JEST de fecha 05 de noviembre de 2018, la Jefatura de Estudios de la DGER concluye que el Proyecto a fi nanciar cumple con lo establecido en el literal c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM; sin embargo, advierte que, el monto solicitado por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. incluye los costos asociados a la elaboración del Estudio De fi nitivo (Expediente Técnico), el Estudio de Impacto Ambiental y la Elaboración del Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos del referido Proyecto, los cuales ya se encuentran aprobados; Que, mediante O fi cio Nº G-1405-2018 de fecha 14 de noviembre de 2018, Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. absuelve las observaciones formuladas por la DGER para la transferencia fi nanciera de recursos del referido Proyecto; y, señala que el nuevo monto a solicitar es por la suma de S/ 1 252 803,78 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Tres y 78/100 Soles); Que, en el marco de lo señalado en el Memorándum Nº 376-2018-MEM/DGER-JPEI, Memorándum Nº 659-2018-MEM/DGER-JEST y su Informe Nº 518-2018-MEM/DGER-JEST; Memorándum Nº 659-2018/MEM-DGER-JAF; y, en el Informe Nº 045-2018-MEM/DGER-JAL-JGG; la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A., por el monto de S/ 1 252 803,78 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Tres y 78/100 Soles), para el desarrollo del citado Proyecto; Que, de acuerdo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00850-2018-MEM-DGER/JAF de fecha 19 de noviembre de 2018, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas; Que, el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. suscriben el Convenio Nº 013-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM; De conformidad con la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley de Electri fi cación Rural, el Decreto Supremo Nº 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de electri fi cación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; y, el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera hasta por la suma ascendente a S/ 1 252 803,78 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Tres y 78/100 Soles), correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego Nº 016 - Ministerio de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2018, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A., para el desarrollo del proyecto de electri fi cación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electri fi cación Rural PRODUCTO: Acciones ComunesACTIVIDAD: Transferencia a Entidades para Proyectos de Electri fi cación FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos DeterminadosCATEGORÍA DE GASTO: 6 Gastos de CapitalGENÉRICA DE GASTO: 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL S/ 1 252 803,78 Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio Nº 013-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas