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34 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano Que, en el marco de las atribuciones establecidas en el artículo 7 de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, derogado por el numeral 1 de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1438, se emitió la Directiva Nº 005-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 012-2016-EF/51.01; Que, asimismo en la Directiva Nº 004-2015-EF/51.01 “Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales del Estado para la elaboración de la Cuenta General de la República”, aprobada con Resolución Directoral Nº 016-2015-EF/51.01, modi fi cado con la Resolución Directoral Nº 014-2017-EF/51.01, se incorporaron disposiciones complementarias relativas al tratamiento de las propiedades, planta y equipo; Que, en el proceso de adopción de NICSP iniciado por esta Dirección General, siguiendo la recomendación de la Contraloría General de la República efectuado en el Informe de auditoría a la Cuenta General de la República del ejercicio fi scal 2017, se considera adecuado ampliar la estimación de la vida útil de un elemento de propiedades, planta y equipo distinto a edi fi cios, tomando en cuenta la utilización prevista del activo, el desgaste físico esperado, la obsolescencia técnica o comercial y los límites legales o restricciones similares sobre el uso del activo, incorporando también mejores precisiones en la acotada Directiva; Estando a lo expuesto por la Dirección de Normatividad y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobación de modi fi catorias Aprobar el Anexo de Modi fi catorias y el Texto Ordenado de la Directiva Nº 005-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades públicas y otras formas organizativas no fi nancieras que administren recursos públicos”, cuya vigencia es a partir del cierre contable del ejercicio fi scal 2018. Artículo 2. Publicación y difusión de la Resolución, Texto Ordenado de la Directiva y Anexos Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y la difusión del Anexo de Modi fi catorias y del Texto Ordenado de la Directiva Nº 005-2016-EF/51.01, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe, en la misma fecha de publicación que en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director GeneralDirección General de Contabilidad Pública 1727295-4 EDUCACION Autorizan Transferencia Financiera a favor de siete universidades publicas, para financiar la Segunda Transferencia en el marco de diversos Convenios de Cooperación Interinstitucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 720-2018-MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2018VISTO, el Expediente N° DIFODS2018-INT-0255322; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 725-2017-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 839 253 844,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2018, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de los establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa, para la asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución de proyectos de inversión vinculados a materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que trans fi ere los recursos, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano. Finalmente, señala que la entidad del Gobierno Nacional es responsable del monitoreo, seguimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición; Que, mediante Resolución Ministerial N° 109-2018-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el año 2018”, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 375-2018-MINEDU, la cual tiene como objetivo general establecer las disposiciones técnicas, procedimientos y responsabilidades de los diferentes actores en el marco de la implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria 2018; Que, el Ministerio de Educación (MINEDU) y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, la Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto y la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, suscribieron los Convenios N°s 280, 345, 346, 347, 348, 349 y 351-2018-MINEDU, Convenios de Cooperación Interinstitucional, respectivamente, con el objeto que dichas Universidades colaboren con el MINEDU en la implementación y ejecución del Programa de Formación en Servicio para Docentes nombrados y contratados del Nivel de Educación Secundaria de las áreas priorizadas de Matemática, Comunicación, Historia, Geografía y Economía; y de Ciencia, Tecnología y Ambiente, a desarrollarse en el Año Fiscal 2018, que abarca diversos lugares de intervención dentro de las regiones de Lima Metropolitana y Callao, Apurímac, Ayacucho, Amazonas, San Martín y Huánuco; Que, la Cláusula Sexta: Financiamiento y Rendición de Cuentas de los Convenios antes mencionados estipuló los montos de las transferencias fi nancieras a efectuarse a las Universidades Publicas antes señaladas, destinadas a cubrir los costos administrativos efectivamente realizados por las Universidades para el cumplimiento del objeto de los citados Convenios; estableciéndose que