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131 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 El Peruano / Memoria Descriptiva, consignándose para efectos del Registro como Plano Nº 041-2018-GDU/MDSR; asimismo se Aprueba el Cuadro General de Áreas y que se detalla a continuación; los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA 41,250.00 m2 AREA DE VIVIENDAS 21,171.02 m2 AREA DE PARQUE 6,078.92 m2 AREA DE COMERCIO ESPECIALIZADO 3,061.58 m2 AREA DE COMERCIO 4,034.18 m2 AREA DE CIRCULACION 9,450.37 m2 AREA DE RECUPERACION 1,488.11 m2 Artículo Tercero.- RECONOCER a partir de la presente Resolución como “URBANIZACION MARISCAL CASTILLA DE SANTA ROSA - SEGUNDA ETAPA”, al terreno materia de la presente Habilitación Urbana de O fi cio Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción registral del cambio de uso de rústico a urbano, de los lotes que conforman la presente Habilitación Urbana de O fi cio denominada “Urbanización Mariscal Castilla de Santa Rosa - Segunda Etapa”, y de acuerdo con los Planos con su Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución, bajo cargo y costo de la parte interesada; siendo que la inscripción individual registral de los lotes que conforman el predio matriz, será gestionada por sus propietarios y según corresponda. Artículo Quinto.- PRECISAR que las Obras de Habilitación Urbana del predio reconocido como “Urbanización Mariscal Castilla de Santa Rosa - Segunda Etapa”, están valorizados en la suma de S/. 311,691.34 (Trescientos Once Mil Seiscientos Noventa y Uno y 34/100 Soles). Artículo Sexto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima, copia de la presente Resolución así como del Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico y Plano de Lotización aprobados, para su conocimiento. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a cuenta y costo de la parte interesada. Artículo Octavo.- NOTIFICAR a las entidades que correspondan y a la parte interesada, de la presente Resolución, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RUBEN E. LOAYZA TAMAYO Gerente de Desarrollo Urbano 1727444-2 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco DECRETO DE ALCALDÍA Nº 19-2018-MSS Santiago de Surco, 27 de diciembre de 2018EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Memorándum Nº 2964-2018-GPP- MSS y el Informe 103-2018-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 1644-2018-SG-MSS de la Secretaria General, el Informe Nº 966-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; yCONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Decreto de Alcaldía, se regulan entre otros; asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, con Ordenanza Nº 498-MSS, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, el mismo que fue rati fi cado con Acuerdo de Concejo Nº 2358-MML y posteriormente modi fi cado con Decreto de Alcaldía Nº 036-2014-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 02-2015-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 01-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 01-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 10-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 01-2017-MSS y la Ordenanza Nº 555-MSS; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1416, publicado el 13.09.2018, se fortalece el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2018-JUS, publicado el 14.11.2018, se modi fi có el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1353, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la Regulación de la Gestión de Intereses, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS; Que, el numeral 43.5 del Artículo 43º del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que: “Una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 43.1. En ambos casos se publicará la modi fi cación según lo dispuesto por el numeral 43.3”; Que, con Memorándum Nº 1644-2018-SG-MSS la Secretaría General, propone la modi fi cación de la base Legal del Procedimiento Administrativo Nº 02.01 “Solicitud de Acceso a la Información Pública” incorporando lo señalado en la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo Nº 1416 publicado el 13.05.2018 que modi fi ca el literal e) Artículo 11º de la Ley Nº 27806 publicada el 13.08.2002, y lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria, del Decreto Supremo Nº 011-2018-JUS, publicado el 14.11.2018, que modi fi ca el literal e) del Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM publicado el 07.08.2003, en relación del recurso de apelación; Que, mediante Memorándum Nº 2964-2018-GPP- MSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la necesidad de adecuar el TUPA a la normativa vigente, toda vez que el Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un instrumento compilador de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que constituye una herramienta fundamental del sistema de simpli fi cación administrativa, en la medida que en cada procedimiento seguido se detallan los requisitos, costos, plazos, etc., documento que deberá encontrarse debidamente actualizado y a disposición del ciudadano, encontrando conforme su aprobación; Que, con Informe Nº 966-2018-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de los antecedentes se aprecia que la Secretaría General y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha procedido a consolidar la propuesta que indica, la misma que se encuentra re fl ejada en el anexo que adjunta, siendo que el instrumento legal