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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (31/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 134

134 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 / El Peruano dispuesto en el artículo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 1 de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de pecios al consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fi scal; Que, con Ordenanza Nº 016-2016-MDLP/AL, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 101-2016 de la Municipalidad Provincial del Callao y publicada el 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Marco Legal para la Determinación y Distribución de los arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, en el Distrito de La Punta para el ejercicio fi scal 2017; Que, mediante Ordenanza Nº 016-2017-MDLP/AL y su modi fi catoria la Ordenanza Nº 018-2017-MDLP/AL, ratifi cadas por Acuerdo de Concejo Nº 107-2017 de la Municipalidad Provincial del Callao, se dispuso para el ejercicio fi scal 2018, la vigencia de los montos de las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana del ejercicio fi scal 2017, establecidos en la Ordenanza Nº 016-2016-MDLP/AL, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de Noviembre de 2017, que asciende a 1.21%, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 395-2017-INEI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 01 de Diciembre de 2017; Que, con Memorando Nº 378-2018/MDLP/GR, la Gerencia de Rentas presentó el proyecto de Ordenanza que establece para el Ejercicio 2019 la vigencia de montos de tasas de los Arbitrios Municipales 2017, determinados por Ordenanza Nº 016-2016-MDLP/AL, reajustada por la Ordenanza Nº 016-2017-MDLP/AL y su modi fi catoria Ordenanza Nº 018-2017-MDLP/AL, actualizados con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de septiembre de 2018, que asciende a 1.80%, aprobado con Resolución Jefatural Nº 300-2018-INEI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 01 de octubre de 2018, en aplicación del Artículo 69º-B del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, TUO de la Ley de Tributación Municipal. Para ello, adjunta Exposición de Motivos e Informe Técnico Financiero, correspondiente; Que, siendo que la presente norma tiene por objetivo cumplir con lo dispuesto en la Ley de Tributación Municipal y siendo de interés de la comunidad, en aplicación del numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicación del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 260-2018- MDLP/OAJ y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el quórum de ley y con el voto unánime de sus miembros, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2019, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2018, REAJUSTADOS CON EL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR Artículo 1º.- DISPONER para el ejercicio fi scal 2019, la vigencia de los montos de las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana del ejercicio fi scal 2017, establecidos en la Ordenanza Nº 016-2016-MDLP/AL y reajustada por la Ordenanza Nº 016-2017-MDLP/AL y su modi fi catoria Ordenanza Nº 018-2017-MDLP/ AL, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de septiembre de 2018, que asciende a 1.80% aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 300-2018-INEI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 01 de octubre de 2018. Artículo 2º.- PRECISAR que para el ejercicio fi scal 2019 se mantendrá la vigencia de la Ordenanza Nº 016-2016-MDLP/AL, en cuanto al ámbito de aplicación, hecho generador, condición de contribuyente, nacimiento de la obligación, responsabilidad solidaria, de fi nición de predio, uso de los predios, independización de unidades inmobiliarias, periodicidad y vencimiento de pago, determinación de arbitrios, exoneraciones e inafectaciones, criterios de distribución, tasas y topes máximos para la determinación de los arbitrios, así como los demás criterios, condiciones, bene fi cios y/o disposiciones contenidos en la referida Ordenanza Municipal y en su respectivo Informe Técnico, en cuanto no se oponga a lo establecido mediante la presente norma o en otras disposiciones municipales de igual jerarquía. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Enero de 2019. Artículo 4º.- Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Encargar a la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas(www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1727541-1 Establecen montos por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2019 ORDENANZA Nº 010-2018-MDLP/AL La Punta, 30 de octubre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de octubre de 2018, con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO:El Proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia de Rentas, a través del Memorando Nº 377-2018/MDLP/GR, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política, las Municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este precepto constitucional, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, se agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776, aprobado por