Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2018 (05/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Viernes 5 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas en materia tributaria expedida por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia"; en el caso de la Provincia de Cañete, corresponderá a la Municipalidad Provincial de Cañete pronunciarse respecto de la solicitud de ratificación, teniendo en cuenta el marco legal vigente; Que, según la Norma IV del Decreto Supremo Nº1332013-MEF - Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece en el último párrafo que "los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley"; Que, el Art. 66º del Decreto Supremo Nº 156-2004EF - Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, señala que: "Las tasas municipales son los tributos creados por los concejos municipales cuya obligación tiene como derecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades"; asimismo, el Art. 68º del mismo cuerpo normativo, dispone que las municipalidades pueden imponer entre otras tasas, por estacionamiento de vehículos, con los límites que determine la municipalidad provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central; Que, el Art. 4º de la Ordenanza Nº 022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 - Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete, establece el plazo de presentación de las solicitudes de ratificación de las ordenanzas distritales, los requisitos, los aspectos técnicos, entre otros; Que, de conformidad con lo establecido en los Arts. 12º y 13º de la Ordenanza Nº 022-2015- MPC, la información contenida en la solicitud de ratificación, está a cargo de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC); quien además elabora el informe técnico que debe elevarse al Gerente Municipal, para el trámite correspondiente ante el Pleno del Concejo, el mismo que ha sido cumplido mediante el Informe enunciado precedentemente; Que, mediante Oficio Nº 646-2017- A-MDM (con fecha de presentación 31 de octubre de 2017, ante la Sub Gerencia de Gestión Documentaria de la MPC), la Municipalidad Distrital de Mala, representada por su Alcalde - Sr. Rosalí Palermo Figueroa Gutiérrez; solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 014-2017MDM de fecha 30 de octubre de 2017, mediante el cual, su Concejo Municipal aprueba la ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DURANTE EL VERANO 2018; Que, mediante Informe Nº 264-2017-GAT-MPC de fecha 01 de diciembre de 2017, la C.P.C. Liliana María Flores Lozano ­ Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, señala que después de haber efectuado la revisión de la documentación presentada y habiendo corroborado el levantamiento de las observaciones; concluye que, es viable la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 014-2017-MDM, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular durante el verano 2018; Que, con Informe Legal Nº 483-2017-GAJ-MPC, de fecha 11 de diciembre de 2017, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye: 1) Que es factible se eleven los actuados al Pleno del Concejo Municipal, para deliberar y determinar la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 014-2017MDM de fecha 30 de octubre de 2017, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular durante el verano 2018; y 2) Que, se encargue a la Gerencia de Secretaría General, remita copia certificada del Acuerdo

de Concejo a la Municipalidad Distrital de Mala, para su publicación, así como, se transcriba a las unidades orgánicas de la municipalidad que se relacionan con el procedimiento para su conocimiento y fines...; Que, la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Dictamen Nº 069-2017-CPEyAM-MPC, de fecha 20 de diciembre de 2017, recomienda por UNANIMIDAD: 1) Ratificar la Ordenanza Municipal Nº 014- 2017-MDM, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular durante el verano 2018; 2) Dejar constancia que la vigencia del Acuerdo de Concejo Ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación del texto de la Ordenanza Municipal Nº 014-2017- MDM; 3) Precisar que la aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Mala, y 4) Remitir el Dictamen con sus antecedentes ante el Despacho de Alcaldía, a fin de poner en conocimiento al Pleno del Concejo Municipal, para su deliberación y pronunciamiento; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 014-2017-MDM de fecha 30 de octubre de 2017, que ESTABLECE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DURANTE EL VERANO 2018, en la jurisdicción del DISTRITO de MALA; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- Dejar constancia que la vigencia del Acuerdo de Concejo Ratificatorio de la Ordenanza Municipal Nº 014-2017-MDM, se encuentra condicionada, al cumplimiento de su publicación íntegra en el Diario Oficial El Peruano, de responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Mala; de conformidad con el Art. 15º de la Ordenanza Nº022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 - Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete. Artículo 3º.- La Ordenanza materia de la presente ratificación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Mala. Artículo 4º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Mala y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1602979-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA
Se hace constar que la Municipalidad ha efectuado la exposición pública de plano catastral y reporte de titulares catastrales correspondientes a diversos sectores del distrito y provincia de Calca, para la "Declaración de la Zona Catastral"
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0361-2017-A-MPC Calca, 21 de noviembre del 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA, REGIÓN CUSCO

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