Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2018 (05/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 5 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo Cuarto.- ENCARGAR, dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, el día veintiún días de noviembre del año 2017. SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, el día cuatro de diciembre del año 2017. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1603020-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2017-GRU-CR Pucallpa, once de setiembre de 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057,mediante Resolución

de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se ha emitido la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", que incluye los lineamientos para la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las Entidades Públicas durante el período transición del sector público al Régimen del Servicio Civil, en la Ley Nº 30057; Que, las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las Entidades Públicas se encuentran establecidas en los Anexos Nº 4, 4A, 4B, 4C y 4D de la Directiva citada y sólo se puede aprobar en tanto la Entidad Pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de dicha Directiva; Que, mediante Informe Nº 019-2017-GRU-ORA-OGP, la Oficina de Gestión de las Personas, en su calidad de órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional, solicita y sustenta la aprobación del nuevo Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo Regional, sustentándose en el supuesto contemplado en el numeral 1.1 y 1.5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH; Que, mediante Oficio Nº 640-2017-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite el Informe Técnico Nº 109-2017-SERVIR/ GDSRH, que constituye la opinión técnica previa de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva; De conformidad con lo prescrito en el Artículo 35º, inciso c) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en concordancia con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0402014-PCM; y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo Regional, a fin de contar con un documento de gestión actualizado; Que, con INFORME LEGAL Nº 024-2017-GRU-SCR/ WGM, de fecha 07 de setiembre de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez ­ Abogado IV del Consejo Regional, opina se apruebe mediante Ordenanza Regional, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo Regional; Que, mediante Dictamen Nº 016-2017-GRU-CRCPPyAT, de fecha 07 de setiembre de 2017 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, dictamina aprobar la Ordenanza Regional, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil

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