TEXTO PAGINA: 72
72 NORMAS LEGALES Viernes 5 de enero de 2018 / El Peruano ESTAS FIESTAS NAVIDEÑAS!”, el cual forma parte integrante de este Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Secretaria General, Sub Gerencia de Informática y Sub Gerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad del cumplimiento del presente decreto Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1603096-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI, que establece beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito de Independencia y precisan su aplicación DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000014-2017-MDI Independencia, 30 de diciembre del 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 368-2017-MDI publicada en el diario o fi cial El Peruano el 16 de diciembre de 2017, se estableció en la jurisdicción del distrito de Independencia bene fi cios tributarios y no tributarios exigibles y/o pendientes de pago; asimismo, en la segunda Disposición Final de dicha Ordenanza, se facultó al Alcalde, aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia, así como disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Que, con el objeto de brindar las mayores facilidades de pago a los vecinos de Independencia, para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, es conveniente ampliar la prórroga de la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI que establece bene fi cios tributarios y no tributarios; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades contenidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Enero de 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI, que establece bene fi cios Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción del Distrito de Independencia. Artículo Segundo.- PRECISAR para una mejor aplicación del Capítulo IV el Artículo Séptimo de la Ordenanza 368-2017-MDI, de las deudas no tributarios en cobranza coactiva, las condonaciones están referidas a las obligaciones tributarias (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) y a las Costas y Gastos Administrativos generados en la tramitación del procedimiento coactivo. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, Sub Gerencia de Imagen Institucional, y Subgerencia de Tesorería, de acuerdo al ámbito de sus funciones que les corresponde. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación en la página web de la municipalidad www.muniindependencia.gob.pe y en el portal del Estado peruano www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1603302-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Aprueban “Directiva que regula el procedimiento para la clausura definitiva, el ingreso, custodia y destino final de los bienes incautados y/o decomisados, tapiado y destapiado por infracciones a las leyes municipales, ordenanzas municipales, acuerdos dentro de la jurisdicción de Pucusana” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 302-17-AL/MDP Pucusana, 12 de julio del 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DELIMA VISTO: El Informe Nº 0115-2017-GPP/MDP de fecha 14.06.17 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en el que se sustenta la necesidad de aplicar normas QUE REGULEN EL PROCEDIMIENTO PARA LA CLAUSURA DEFINITIVA, EL INGRESO, CUSTODIA Y DESTINO FINAL DE LOS BIENES INCAUTADOS Y/O DECOMISADOS, TAPIADO Y DESTAPIADO POR INFRACCIONES A LAS LEYES MUNICIPALES, ORDENANZAS MUNICIPALES, ACUERDOS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE PUCUSANA. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pucusana es un Órgano de Gobierno Local con personería de derecho público, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con lo previsto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 036-2017-SEC/MDP de fecha 12.06.17, promovido por la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, presenta el proyecto de directiva por el cual regula el procedimiento para la clausura de fi nitiva, el ingreso, custodia y destino fi nal de los bienes incautados y/o decomisados, tapiado y destapiado por infracciones a las leyes municipales, ordenanzas municipales, acuerdos dentro de la jurisdicción de Pucusana; indicando que éste contiene lineamientos consensuados, cuya aprobación permitirá implementar la Ordenanza Municipal Nº 231-2017/MDP; Que, el Informe Nº 0115-2017-GPP/MDP de fecha 14.06.17 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Pucusana, señala que la directiva propuesta establece un conjunto de normas técnicas y prácticas para regular la administración de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva;