Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 10 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

51

Que, el artículo 52 de la Ley Marco, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por tres (3) miembros, entre otros, por un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, los párrafos 53.3 y 53.4 del artículo 53 de la Ley Marco establecen que la designación del representante de la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ MVCS a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, la cual tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; Que, el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, en adelante el Reglamento, tiene por objeto, entre otros, regular la organización y gestión eficiente de los prestadores de servicios de saneamiento; Que, el párrafo 63.5 del artículo 63 del Reglamento señala que la empresa prestadora revisa el cumplimiento de los requisitos de las propuestas presentadas y remite los expedientes de los candidatos aptos propuestos al MVCS para su evaluación y continuar con el trámite correspondiente; Que, la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad Sociedad Anónima ­ SEDALIB S.A., mediante Informe Nº 081-2017-SEDALIB S.A.-40000-GG, remite los expedientes de los candidatos propuestos por las instituciones representantes de la Sociedad Civil ubicadas en su ámbito de responsabilidad, así como informa respecto a la revisión de las propuestas presentadas, a fin que se evalúe y designe al representante, titular y suplente, ante el Directorio de la citada empresa prestadora; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento mediante Informe Nº 003-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, señala que ha cumplido con evaluar los expedientes remitidos, respecto a los siete (07) candidatos propuestos por las instituciones representantes de la Sociedad Civil ubicadas en el ámbito de responsabilidad de SEDALIB S.A.; Que, cabe precisar, que de conformidad a la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA que aprueba el "Procedimiento para la Elección, Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", éste no resulta aplicable a los procedimientos iniciados antes de su entrada en vigencia, siempre que Empresa Prestadora Municipal haya cumplido con revisar los expedientes de los candidatos propuestos y cuente con una terna apta para la evaluación y designación, situación que se ha configurado en el presente caso; Que, en consecuencia, corresponde designar al representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, ante el Directorio de SEDALIB S.A., emitiendo para tal efecto, el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad Sociedad Anónima ­ SEDALIB S.A., conforme al siguiente detalle: - EDUARDO JOSÉ representante titular AZABACHE ALVARADO,

- VICTOR SANTOS COTRINA CORTEZ, representante suplente Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad Sociedad Anónima, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1604638-2

ORGANISMOS EJECUTORES

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan responsable de remitir las ofertas de empleo del Fondo Intangible Solidario de Salud al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 01-2018-SIS-FISSAL/J Lima, 8 de enero de 2018 VISTOS: el Informe N°002-2018-SIS-FISSAL/OA de la Jefa (e) de la Oficina de Administración y el Informe N° 001-2018-SIS- FISSAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 065- 2011-PCM, que establece modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), dispone que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobará el modelo de Convocatoria y de Contrato Administrativo de Servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 1072011-SERVIR/PE, aprobó el modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, lo cual incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación del personal bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 012-2004TR, el cual establece las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, dispone que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, asimismo, precisando además que dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Jefatural N° 020-2016-FISSAL, de fecha 29 de noviembre de 2016, se designó al Abogado Jesús Leonel Barrera Eyzaguirre, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Fondo Intangible Solidario de Salud al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Carta N° 01-2017-JBE de fecha 21 de diciembre de 2017, el Abogado Jesús Leonel Barrera Eyzaguirre comunica su decisión de no renovación de su contrato administrativo de servicios, vigente al 31 de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.