Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2018 (18/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de enero de 2018 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Prima AFP el cierre de agencia ubicada en el departamento de Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 072-2018 Lima, 9 de enero de 2018 LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación de Prima AFP Nº GG-090-2017, ingresada con registro Nº 2017-0068713 y el Informe Nº 002-2018-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación de vistos, Prima AFP solicita dejar sin efecto el certificado Nº RI-031, que autorizó el funcionamiento de su agencia ubicada en el Centro Cívico Nº 131, tienda 02, ciudad de Talara, departamento de Piura. Que, mediante la Resolución Nº 7928-2015-SBS del 30 de diciembre de 2015, esta Superintendencia emitió el Certificado Nº RI-031 que autoriza a Prima AFP el funcionamiento de la agencia ubicada en el Centro Cívico Nº 131, tienda 02, ciudad de Talara, departamento de Piura. Que, según lo informado por Prima AFP, ésta continuará con la atención al público en su local ubicado en la agencia de Piura, toda vez que esta cuenta con infraestructura, espacio y capacidad adecuada y que además será repotenciada. Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 002-2018-DSIP de fecha 08 de enero de 2018; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 842-2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Prima AFP el cierre de su agencia ubicada en el Centro Cívico Nº 131, tienda 02, ciudad de Talara, departamento de Piura, a partir del 01 de febrero de 2018. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº RI-031 que autorizó, a Prima AFP, el funcionamiento de su agencia ubicada en el Centro Cívico Nº 131, tienda 02, ciudad de Talara, departamento de Piura. Artículo Tercero.- Prima AFP, a efecto del cierre de agencia que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14º del Título III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales (e) 1607038-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Declaran el año 2018 como el "Año de la reconstrucción e inversiones sin corrupción en la región Piura"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1434-2018/GRP-CR En San Miguel de Piura, a 5 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo 13º prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. En el artículo 15º literal a) señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Y, en el artículo 39º establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 377-2017/ GRP-CR, de fecha 01 de febrero de 2017, se aprobó institucionalizar la denominación de los años en el ámbito de la Región Piura, con la finalidad de poner en valor y difundir hechos históricos relevantes, grandes acciones humanas, lugares emblemáticos, anhelos colectivos y obras de interés público regional. Para lo cual, se autorizó al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura, oficializar la denominación cada año, conforme a los parámetros antes indicados, teniendo como plazo improrrogable, hasta un día útil antes de la celebración de la última sesión de Consejo Regional de cada año. Y, en caso de no oficialización por el Gobernador, se estableció que el año será oficializada por el Consejo Regional mediante Acuerdo Regional aprobado por mayoría simple de los presentes, con las propuestas de denominación presentadas; Que, estando a que la última sesión de Consejo Regional del año 2017 se llevó a cabo el 28 de diciembre de 2017, sin que en dicha fecha la Gobernación Regional oficializará la denominación del año regional 2018, en virtud de lo establecido en la Ordenanza Regional Nº 377-2017/GRP-CR; en ese sentido, el Consejero por la Provincia de Morropón presentó en la presente sesión de consejo la propuesta "Año de la Lucha frontal contra la corrupción en la región Piura", a la cual se sumó las propuestas "Año de la reconstrucción e inversión en la región Piura" y "Año de la reconstrucción e inversiones sin corrupción en la región Piura"; Que, luego de deliberar y debatir las propuestas señaladas, el Consejo Regional aprobó por mayoría simple de los presentes la propuesta "Año de la reconstrucción e inversiones sin corrupción en la región Piura", la cual se encuadra dentro de los parámetros previstos en la Ordenanza Regional Nº 377-2017/GRPCR, disponiéndose que durante el año fiscal 2018 se consigne dicha denominación en todos los documentos oficiales que se emitan en las entidades públicas de la jurisdicción del Gobierno Regional Piura, debajo de la denominación del año que establezca el gobierno central; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Extraordinaria Nº 01-2018, celebrada el día 05 de enero

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