Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2018 (18/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Jueves 18 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
ANEXO 01

107

CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, dispone en su artículo 194º, modificado por la Ley Nº 30305, que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 46 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar; Que, el numeral 2) del artículo 230º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General referido a la potestad sancionadora, señala que esta será ejercida sujetándose al procedimiento establecido respetando las garantías del debido proceso; Que, asimismo entre las funciones específicas municipales se encuentran las de fiscalización y control en las materias de su competencia, conforme al artículo 74º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica antes citada; Que, mediante Ordenanza Nº 312-MDPH se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Que, la Unidad de Fiscalización Administrativa ­UFA de la Entidad, mediante Informe Nº 127-2017-MDPH/UFA presenta el proyecto de Ordenanza para la modificación e inclusión de ciertos Códigos en el Cuadro de Infracciones Tabla I de la Ordenanza Nº 312-MDPH; Que, mediante Informe Nº 109-2017-MDPH-GAJ la Gerencia de Asesoría legal, es de opinión favorable por la modificación e inclusión de los códigos propuestos por la Unidad de Fiscalización administrativa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 312-MDPH QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- MODIFICAR los Códigos D-001 y D-002 del Cuadro de Infracciones - Tabla I de la Ordenanza Nº 312-MDPH que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, según el cuadro que forma parte integrante de la presente. Artículo Segundo.- MODIFICAR la denominación del Género de Infracciones W a INFRACCIONES REFERIDAS A TEMPORADA DE PLAYA e INCLUIR los Códigos R-005, W-002, W-003 y W-004 en el Cuadro de Infracciones - Tabla I de la Ordenanza Nº 312MDPH que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, según el cuadro que forma parte integrante de la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretarla General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Informática, la publicación de la misma y sus Anexos, en el Portal Institucional (www.munipuntahermosa.gob.pe). Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde

MODIFICACIÓN EN EL CUADRO DE INFRACCIONES TABLA I Código Infracción Procedimiento Monto de la Medidas Multa en % CompleUIT mentarias

D OBRAS O TRABAJOS EN VIA PUBLICA Por ejecutar trabajos u obras en área de dominio público, sin autorización y/o comunicación respectiva a. Persona Natural Resolución de Sanción 50 % Paralización y/o demolición y restitución

D-001

b. Persona Jurídica

Paralización 200 % UIT Resolución y/o del valor de demolición y de Sanción la obra restitución

D-002

20% UIT Por no restituir la por m2 y/o infraestructura y/o elemento y/o mobiliario urbano por día, una dentro del plazo Resolución vez vencido reglamentario de Sanción el plazo u otorgado o otorgado restituirlo en para la forma inadecuada reparación a. Pista b. Veredas, sardineles, rejas, áreas verdes y otros 100 % X m2. 50 % x m2.

ANEXO 01 INCLUIR EN EL CUADRO DE INFRACCIONES TABLA I Código Infracción Monto de Medidas Procedila Multa Complemiento en % UIT mentarias

R FISCALIZACIÓN MUNICIPAL R-055 Por no cumplir con las medidas complementarias de Clausura a. Bodegas, Minimarket, Farmacia, Restaurantes, Cabinas de Internet y otros b. Empresas, almacenes y similares c. Discotecas, Bares, centros recreacionales y similares Por ingresar bebidas en W-002 envases de vidrio a la playa Por consumir alimentos W-003 preparados en la playa (ollas y taper) 100% UIT

100 % UIT 200 % UIT

W INFRACCIONES REFERIDAS A TEMPORADA DE PLAYA 20% UIT

20 % UIT

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