Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2018 (02/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 2 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 5343-2016-MTC/15 de fecha de fecha 07 de noviembre de 2016 que autorizó a la empresa JEMKCAR SOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-JEMKCAR SOLUTION S.A.C. por el plazo de cinco (05) años, como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar dos (02) Líneas de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta, en el local ubicado en el predio denominado Pichausacancha, perteneciente al Centro Poblado Unión Porvenir, distrito Ninacaca, provincia y departamento Pasco. Artículo 2.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa JEMKCAR SOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-JEMKCAR SOLUTION S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fijo, para operar una (1) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta, en el local ubicado en el predio denominado Pichausacancha, perteneciente al Centro Poblado Unión Porvenir, distrito Ninacaca, provincia y deprtamento Pasco. Artículo 3.- La empresa autorizada JEMKCAR SOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-JEMKCAR SOLUTION S.A.C. deberá presentar dentro del plazo máximo de ciento veinte días (120) días calendarios a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral: el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos, los cuales deberán ser emitidos por alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies- IFIA; con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 4.- La empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Acto Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 18 de julio de 2018 18 de julio de 2019 18 de julio de 2020 18 de julio de 2021 18 de julio de 2022

su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones prevista en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Artículo 6.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7.- La empresa JEMKCAR SOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-JEMKCAR SOLUTION S.A.C., debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los siguientes documentos: Documentos Fecha máxima de presentación

Licencia de Funcionamiento y Noventa (90) días Certificado de Compatibilidad de calendarios de otorgada la Uso emitido por la Municipalidad autorización. correspondiente. Relación del equipamiento requerido por el artículo 34° del presente Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Noventa (90) días Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, calendarios de otorgada la acompañado con los documentos que autorización. sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 8.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa JEMKCAR SOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-JEMKCAR SOLUTION S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo 9.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en Av. Micaela Bastidas N° 317, Urbanización San Juan, distrito Yanacancha, provincia y departamento de Pasco, domicilio fiscal señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre

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Literal d) del numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo N° 0252008-MTC: Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta: Línea de inspección destinada a la revisión alterna de vehículos livianos y pesados." "La entidad mantiene la facultad de requerir única y exclusivamente la subsanación de aquellos requisitos que no hayan sido subsanados por el administrado o cuya subsanación no resulte satisfactoria de conformidad con lo dispuesto por la norma correspondiente (...)"

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En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa JEMKCAR SOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-JEMKCAR SOLUTION S.A.C., a través de

Establecen medidas de restricción de tránsito que priorizan el desplazamiento de vehículos destinados al transporte de personas en la Ruta Nacional PE-1S (Carretera Panamericana Sur), y dejan sin efecto la R.D. N° 527-2018-MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 549-2018-MTC/15 Lima, 1 de enero de 2018

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